Tribunales

Violencia de género en Cádiz: De agresión sexual a abusos, de 12 años de prisión a multa

Imagen de una manifestación contra la violencia de género.

Imagen de una manifestación contra la violencia de género. / D.C.

J. y A. iniciaron una relación en 2018 que duró dos meses. Desde el principio, él la humillaba y la menospreciaba, la llamaba continuamente y le mandaba mensajes a su móvil para controlarla, le decía que no le gustaban sus amistades y que él se encargaría de comprarle la ropa. Ante esta situación, ella decidió poner fin al noviazgo pero su pareja no aceptó la ruptura. Mantuvieron una fuerte discusión durante la cual él le pidió tener relaciones sexuales. Entonces la víctima "accedió en contra de su voluntad íntima pero sin exteriorizarla"

Estos son los hechos que han quedado probados en una reciente sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a J. como autor de un delito de abusos sexuales al pago de una multa de 3.240 euros, una pena sensiblemente inferior a la que inicialmente plantearon tanto el fiscal como la acusación particular, que solicitaron 12 años de cárcel por un delito de agresión sexual que finalmente no ha sido acreditado.

Asimismo, el acusado ha sido condenado por un delito continuado de injurias y vejaciones injustas a la pena de 13 días de localización permanente y por un delito de amenazas leves en el ámbito familiar a ocho meses y 15 días de cárcel, una pena privativa de libertad que ya ha quedado satisfecha con el tiempo que estuvo en prisión preventiva tras ser denunciado

En este caso no fue necesario celebrar el juicio porque el hombre confesó la autoría de determinados hechos después de que las acusaciones retiraran varios de los delitos que le imputaban y modificaran otros tantos. Así, en un acto de conformidad, tanto la Fiscalía como la acusación particular y la defensa llegaron a un acuerdo y pactaron las condenas antes expuestas. 

"Te quito la vida y después me la quito yo"

La resolución judicial, que es firme, relata como hechos probados que la pareja tuvo una relación sin convivencia durante dos meses en el año 2018. Desde el inicio, el acusado la sometía a continuos insultos, "tales como puta, te acuestas con hombres por dinero o eres una analfabeta". Además, con la intención de amedrentarla, le decía en repetidas ocasiones: "Si tú no estás conmigo, te quito la vida y después me la quito yo".

Transcurrido un mes, prosigue la resolución judicial, el encausado la llamaba y enviaba continuos mensajes a su teléfono móvil para saber en todo momento dónde se encontraba. De la misma manera, le manifestaba que no le gustaban sus amistades y que él se encargaría de comprarle su ropa.

A principios del mes de octubre, la víctima decidió poner fin a la relación y se lo comunicó a J. Éste no aceptó la ruptura e inició una discusión con ella en la que le profirió expresiones como "guarra, eres una prostituta de viejos, te pagan dinero por acostarte con otros". El procesado, con conocimiento de que tal actitud provocaría en la mujer un sentimiento de culpabilidad, le pidió mantener relaciones sexuales. Ella "accedió en contra de su voluntad íntima pero sin exteriorizarla", precisa la sentencia. Una vez terminado el acto sexual, el encausado dejó que la víctima se vistiera y se marchara.

"A partir de ese momento, J. inició una incesante trayectoria de llamadas y mensajes a su ex pareja a todas horas y todos los días, con reiteradas expresiones humillantes, lo que provocó que la mujer tuviera que bloquearlo en su móvil. No obstante, el acusado no cesó en su conducta y decidió contactar en numerosas ocasiones con una amiga de la denunciante", reflejan los hechos probados. 

El último episodio violento tuvo lugar el 20 de octubre de 2018, cuando la querellante y su amiga se encontraban en una discoteca. J. se personó en el local -conocedor de los lugares que frecuentaba- y comenzó molestarla. Ya en la salida del establecimiento, él le dio tres golpes en la espalda y le gritó: "Muy bien, lo haces muy bien, me has arruinado la vida". Una vez que abandonó la discoteca, siguió llamándola por teléfono de forma ininterrumpida. 

Toda esta situación, concluye el dictamen judicial, provocó en A. un trastorno adaptativo como consecuencia del maltrato psíquico al que fue sometida. Necesitó tratamiento médico y apoyo psicológico. 

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