Provincia de Cádiz

La sentencia de Extremadura no es aplicable a Chiclana según el Catastro

  • Esta decisión, con repercusión para el resto de municipios, se recoge en un informe conjunto con la FEMP

La concejala de Hacienda, Ascensión Hita, junto a la edil de Vías y Obras, Susana Moreno (PVRE), informó ayer sobre la reunión mantenida por el equipo de gobierno (PP-PVRE) y el gerente territorial de la Oficina del Catastro de Cádiz, Miguel Gómez.

Hita manifestó a este respecto que "tal y como ya adelantamos hace unas semanas, y así nos lo ha confirmado el Catastro, la sentencia del Tribunal Supremo contra el acuerdo de la Gerencia Regional del Catastro de Extremadura no afecta a nuestra localidad". Cabe recordar que la citada sentencia establece que el Ayuntamiento de Badajoz no puede aplicar un IBI urbano a terrenos no urbanizados, aunque tengan la categoría de urbanizables, tras llevarse a cabo recalificaciones de terrenos.

De este modo, la concejala aclaró que "esta sentencia no nos afecta porque nuestro equipo de gobierno se ha adelantado a esta situación al solicitar la revisión de los valores catastrales, que solventa todo lo contemplado en dicha resolución judicial". Una revisión, ha apuntado, "en la que estamos trabajando desde noviembre de 2013 y que tiene que estar concluida a lo largo del presente mes de agosto".

De este modo, la responsable municipal de Hacienda recalcó que "con la revisión de los valores catastrales que se solicitó al Catastro y que se está llevando a cabo conseguimos que la ponencia de valores se adecue a la actual situación urbanística, derivada de la anulación del PGOU y de la aprobación de las Normas Sustantivas, en estos momentos en vigor". Así, la concejala explicó que "gracias a este trabajo, los terrenos que sean rústicos en las Normas Sustantivas son considerados como rústicos en la nueva ponencia de valores, y por tanto tendrán un IBI rústico con la nueva ponencia, mientras que los que sean urbanizables sin desarrollo urbanístico pasan también a la consideración de rústicos a efectos del IBI".

Hita destacó también que en el informe emitido por el Catastro y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), con fecha de 31 de julio, en relación a la repercusión de la citada sentencia del Supremo, se establece que "la mencionada sentencia indica que los bienes inmuebles situados en suelos urbanizables sólo pueden valorarse catastralmente como suelos urbanos si disponen de un planeamiento de desarrollo que contenga su ordenación detallada (plan parcial o equivalente). No obstante dicha sentencia no tiene efectos jurídicos directos sobre las situaciones jurídicas particulares, ni produce la anulación de las ponencias de valores aprobadas a la fecha del fallo ni respecto de los valores catastrales de los bienes inmuebles calculados en su aplicación, que por no haber sido impugnados en su momento han adquirido firmeza. Tampoco fija ninguna doctrina legal, y al no haberse reiterado dicho criterio, no sienta jurisprudencia".

Asimismo, este informe recoge que "la sentencia tampoco ha declarado la nulidad de las liquidaciones del IBI derivadas de los mencionados valores catastrales, por lo que cuantos recursos o escritos se interpongan ante los ayuntamientos solicitando la anulación o devolución de las liquidaciones emitidas del IBI en aplicación de la sentencia mencionada deben ser desestimadas por falta de competencia de las entidades locales para su resolución, al haberse practicado conforme a los valores catastrales vigentes".

Por otro lado, la concejala informó de que "la Comisión Técnica de Cooperación Catastral, formada por representantes de la Dirección General de Catastro y de la FEMP, en su sesión celebrada el pasado 17 de julio, acordó por unanimidad de todos sus miembros, proponer la aprobación de una reforma del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, que recoja nuevos criterios de clasificación".

Por último, explicó que en dicha comisión se acordó que el análisis en cada municipio de la situación de los suelos urbanizables para comprobar si se encuentran o no afectados por los nuevos criterios de clasificación, habrá de hacerse caso por caso y con la información que suministren los ayuntamientos a las Gerencias del Catastro, sobre el planeamiento vigente, para que sean incorporados a las nuevas ponencias de valores que se aprueben en lo sucesivo.

Por su parte, la edil de Vías y Obras quiso hacer hincapié en que "la sentencia no nos afecta porque este equipo de gobierno está haciendo un buen trabajo, pensando en los ciudadanos". De este modo, recalcó que "la revisión de los valores catastrales, en la que trabajamos desde que contamos con Normas Sustantivas, recoge todos los aspectos contemplados en la citada sentencia del caso de Badajoz".

Por ello, solicitó "a todos los colectivos y partidos que están intentando confundir a la ciudadanía sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles que dejen de entorpecer el trabajo bien hecho, ya que lo único que hacen es perjudicar a la ciudad".

Por otro lado, Moreno insistió en que "la situación de Chiclana es peculiar debido al caos urbanístico en el que el PSOE ha dejado sumida a la ciudad". Así, recalcó que "nosotros sí estamos trabajando para solventar esta situación en todos sus aspectos, por lo que solicito respeto al buen trabajo de los técnicos y de este equipo de gobierno".

Una vez recibida esta información procedente del Catastro, desde el equipo de gobierno se ha anunciado que convocará una Junta de Portavoces para aclarar todo lo referente a la reunión mantenida ayer en Cádiz con el gerente territorial de la Oficina del Catastro.

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