La inspección detecta claúsulas abusivas en uno de cada tres contratos de compraventa
En 2009, Consumo registró en Cádiz 105 reclamaciones y abrió 11 expedientes sancionadores
Uno de cada tres contratos de compraventa de vivienda en Andalucía (en concreto el 35% de ellos) incluye algún tipo de cláusula abusiva, como por ejemplo imponer al consumidor el pago del Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) o los gastos que corresponden legalmente al vendedor, impedir al usuario la libre elección de notario o que se prevea un plazo de entrega de la vivienda sin fijar una fecha cierta. Así se desprende de la campaña de inspección sobre la información en la compraventa y arrendamiento de viviendas realizada en 2009 por la Consejería de Salud a través de su Dirección General de Consumo.
En Cádiz, el número de reclamaciones ascendió el pasado año a 105. Y el de expedientes sancionadores a once, de un total en Andalucía de 401.
Entre otras irregularidades e incumplimientos, la campaña de inspección de Consumo puso de relieve que de las promociones de viviendas en las que se recogen cantidades a cuenta, el 26%, es decir, la cuarta parte de ellas no estaba avalada o asegurada individualmente para cada comprador, si bien en 2008 este porcentaje fue del 44%.
También se detectó que el 43% de la publicidad de las ofertas de compraventa (en 2008 fue el 45%) no menciona el derecho de la persona consumidora a que se le entregue el Documento de Información Abreviado (DIA). En el 5% de los casos, los contratos de compraventa incluyen cláusulas que facultan al vendedor al incremento del precio final pactado.
En relación a la publicidad de viviendas en arrendamiento, uno de los incumplimientos más comunes es que no se incluyan los gastos de comunidad si éstos van a ser por cuenta de la persona consumidora, y ocurre así en el 29% de la publicidad analizada por los inspectores de Consumo. Además, también respecto a viviendas en alquiler, en el 26% de los casos los Documentos Informativos Abreviados no informan sobre las condiciones de la fianza y en el 20% no incluyen el coste total de los servicios de intermediación cuando éstos existen.
Las sanciones que pueden interponerse a las empresas que incumplan las normas que protegen a los consumidores van desde los 200 euros por una infracción leve -no tener hojas de reclamaciones, por ejemplo- y los 400.000 por faltas muy graves, que acumulan infracciones graves, como no tener avales, y reinciden en sus incumplimientos.
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