El Supremo tumba la rebeldía fiscal de Rota por el IBI de la Base

El Alto Tribunal varía su postura de diez años atrás y dice ahora, avalando una sentencia del TSJA, que todos los edificios del recinto militar roteño están afectos a la defensa nacional

Un recibo como éste, en el que el Ayuntamiento de Rota carga el IBI de la Base al Ministerio de Defensa, desató el pleito que ha acabado en el Supremo.
Un recibo como éste, en el que el Ayuntamiento de Rota carga el IBI de la Base al Ministerio de Defensa, desató el pleito que ha acabado en el Supremo.
Fco. Sánchez Zambrano Cádiz

18 de diciembre 2012 - 05:01

Todos los edificios y actividades comerciales ubicados en el interior de la Base Naval de Rota están afectos a la defensa nacional y, por tanto, están exentos de pagar impuestos municipales. Por esta misma razón, el Ayuntamiento roteño no puede seguir compensando estos tributos con retenciones de sus aportaciones al fisco, como viene realizando anualmente desde 2002. Estas son las dos conclusiones principales que se derivan de la última sentencia del Tribunal Supremo, que supone un revés considerable contra los intereses de este municipio gaditano.

Esta resolución del Supremo viene a avalar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de febrero de 2011 que, a su vez, había refrendado previamente un dictamen del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Cádiz, que en marzo de 2010 dio la razón al Estado en su enésimo enfrentamiento con el Ayuntamiento de Rota, en este caso referido a la liquidación del ejercicio de 2007, por el que reclama a este Consistorio el pago de una cantidad aproximada de 1,2 millones de euros.

En su sentencia, el Supremo ni siquiera analiza el fondo del recurso de casación interpuesto por el gabinete jurídico del Ayuntamiento de Rota, optando por la inadmisión del mismo antes que por su desestimación. Pero ello supone un refrendo al fallo anterior del TSJA y, aunque de manera indirecta, significa igualmente un cambio de postura radical de este Alto Tribunal, que en una sentencia emitida diez años atrás sí obligaba al Estado a pagar al Ayuntamiento impuestos como el IBI o el IAE de una serie de edificios ubicados en la Base de Rota y que entonces, en 2002, entendía que no estaban afectos a la defensa nacional, como pizzerías, un hotel, un cine, una bolera, un banco o un campo de golf, entre otros.

El cambio de postura de la Justicia -desde el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo hasta el Supremo- viene motivado por una simple modificación en uno de los artículos de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales realizada a finales de 2002. Esta variación, impulsada por el entonces Gobierno del PP pero respaldada en las Cortes Generales por la inmensa mayoría de los grupos políticos -contó en el Congreso con 301 votos a favor, dos en contra y nueve abstenciones-, eliminó una palabra de uno de esos artículos -en concreto la palabra 'directamente'- y eso, según han constatado estas tres sentencias de manera consecutiva, cierra la puerta al resquicio legal que permitió a Rota en 2002 lograr un triunfo en el Supremo que no sólo queda ahora en nada sino que, pese a la trascendencia que tuvo, no posibilitó en ningún momento un cambio de actitud del Gobierno central, gobernara el partido que gobernara.

La rebeldía fiscal del Ayuntamiento de Rota, que ahora queda anulada aunque llegó a contar años atrás con sentencias favorables, se inició precisamente a raíz de la sentencia del Supremo de 2002. Ante la negativa del Gobierno central a firmar convenio alguno con Rota, el Consistorio optó por la compensación de los impuestos de la Base. Incluso, llegó a emitir recibos del IBI correspondiente a la finca 'Base de Rota' y cuyo contribuyente respondía al nombre de 'Ministerio de Defensa', con sede en Madrid. El mismo procedimiento se seguía con otros impuestos como el ICO o las licencias de obras. Al no percibir estas cantidades, las cuales oscilaban entre los 1,2 y 1,5 millones de euros dependiendo del año, el Ayuntamiento roteño las compensaba no abonando al Estado el dinero equivalente correspondiente a las retenciones del IRPF de los trabajadores municipales o al IVA. Todo ello derivó en el inicio de una cruzada desde Madrid contra Rota que ahora ha logrado los frutos que se perseguían.

La alcaldesa de Rota, Eva Corrales (PP), reconocía ayer que esta sentencia del Tribunal Supremo supone un revés evidente para los intereses municipales, pero dejó claro que desde el Ayuntamiento que preside "no nos vamos a rendir y ya hemos puesto el asunto en manos del gabinete jurídico para sopesar la opción de recurrir ante el Tribunal Constitucional".

También quiso dejar claro Corrales que el Ayuntamiento roteño "seguirá compensando" el dinero correspondiente a los impuestos de los edificios de la Base que el Consistorio, en contra de la nueva doctrina avalada por el Supremo, entiende que siguen sin estar afectos a la defensa nacional.

En teoría, la sentencia conocida ayer afecta exclusivamente al ejercicio fiscal de 2007, lo que obligaría a Rota a devolver al Estado una cantidad aproximada de 1,2 millones de euros. Pero ambas partes mantienen numerosos pleitos con respecto a ejercicios anteriores y posteriores que, en caso de ser igualmente contrarios a los intereses de Rota, situaría a este Ayuntamiento en una complicada situación financiera.

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