El Puerto activa la bonificación 2026 de la tasa de blanqueo de fachadas
La deducción, que estará vigente desde el próximo 1 de enero, tiene como fin "incentivar el cumplimiento de la obligación de mantener las fachadas, ventanas, cierres y balcones en buen estado" y será bonificada al 99%
El Puerto activa la bonificación anual de la tasa de blanqueo de fachadas al 99%
El Bando Municipal donde se establece la bonificación de la tasa municipal para blanquear y adecentar las fachadas durante el próximo año ve la luz. Así lo ha comunicado recientemente el Ayuntamiento de El Puerto en una nota donde asegura que el alcalde Germán Beardo ya ha firmado dicho documento con el que se pretenderá "incentivar el cumplimiento de la obligación de mantener las fachadas, ventanas, cierres y balcones en buen estado, al tiempo que se mejora la imagen de El Puerto, especialmente de su Centro Histórico, pero también del resto de la ciudad".
Dicha bonificación, que será del 99% sobre la tasa municipal de tramitación de solicitudes de Licencias Urbanísticas y Declaraciones Responsables, estará vigente durante todo 2026, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del próximo año. Hay que recordar que dicha deducción no se aplicará en las obras donde se alteren los elementos originales de la fachada.
En este sentido desde el Ayuntamiento recuerdan que "toda la ciudadanía tiene la responsabilidad de embellecer y dignificar la ciudad, contribuyendo desde su posición a que la ciudad luzca en todo su esplendor. En particular, los propietarios, comunidades de vecinos y asociaciones vecinales deben ocuparse del mantenimiento de sus inmuebles, garantizando que las fachadas y elementos exteriores se conserven correctamente". Para ello el Ayuntamiento aclara que no será necesario una licencia previa, "basta con presentar la Declaración Responsable de Obras, disponible en la web municipal, junto con la documentación indicada en dicho modelo y en la Guía práctica de modelos normalizados". No obstante, en el caso de las fachadas ubicadas en el Conjunto Histórico, será necesario además la comunicación de la actuación a la administración competente en materia de Patrimonio Histórico (Comisión Municipal de Seguimiento del PEPRICHYE o Consejería de Cultura) y la presentación del justificante correspondiente.
Germán Beardo recuerda que, según el artículo 144 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, puede ordenar a los propietarios la ejecución de las obras necesarias para conservar el ornato público, con advertencia de imposición de multas coercitivas en caso de incumplimiento.
También te puede interesar
Lo último