Litoral

No se podrá fumar este verano en la portuense playa de La Puntilla

  • El Ayuntamiento ha publicado el bando municipal con las normas que regirán hasta el 30 de septiembre

  • Este miércoles ha comenzado la temporada oficial de playas

Una imagen de la playa de La Puntilla, en El Puerto

Una imagen de la playa de La Puntilla, en El Puerto / D.C.

Desde este miércoles, 1 de junio, y hasta el próximo 30 de septiembre estará en vigor la temporada oficial de playas, y con este motivo el Ayuntamiento ha publicado el bando en el que se dictan las normas y recomendaciones para todos los usuarios.

Así, entre otras cosas se ruega a los visitantes que velen por la limpieza del litoral, con multas de hasta 750 euros en caso de que no se respete esta norma. También se prohíbe durante toda la temporada oficial el acceso de animales a las playas y se pide respeto por la protección de biodiversidad.

El Ayuntamiento de El Puerto  se encuentra adherido como miembro a la Red Andaluza de Servicios Sanitarios y Espacios Libres de Humo, y en virtud de esa adhesión se ha designado a La Puntilla como playa libre de humo, por lo que queda prohibido fumar en la misma.

En otro orden de asuntos, queda prohibido el baño en los canales señalizados para la salida y entrada de embarcaciones y las duchas y lavapiés instalados en las playas deben ser utilizadas de forma responsable al objeto de limitar el consumo de agua.

Quedan prohibidos los juegos de pelota, discos voladores, vuelo de cometas y otros que supongan molestia para los demás usuarios. Se prohíbe también la venta ambulante, excepto la autorizada, y los establecimientos expendedores de alimentos o bebidas instalados en las playas deberán evitar la salida de vasos y recipientes de vidrio fuera de sus instalaciones.

En las zonas de baño estará prohibida la navegación deportiva y de recreo y de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor, salvo en las zonas debidamente autorizadas y balizadas, mientras que las motos náuticas deberán de estar debidamente matriculadas.

La práctica del surf, dado el gran riesgo que supone para los bañistas, queda limitada al horario hábil para su ejercicio, desde las 7:00 a las 11:00 horas, quedando el resto del día terminantemente prohibido, salvo en las zonas que puedan autorizarse y habilitarse específicamente para ello.

Por su parte la práctica de sky-surf o kyte-surf sólo podrá realizarse en la zona autorizada y señalizada para actividades náuticas de la playa de Valdelagrana, siendo obligatorio contar con la correspondiente Licencia Federativa o seguro de accidentes y responsabilidad civil, así como en la playa de Levante.

Queda prohibida también la práctica de buceo o baño en puertos, dársenas o canales de acceso y la práctica de la pesca y el marisqueo se realizarán sin perjudicar a los demás usuarios, teniendo preferencia la actividad de bañarse con respecto a las de pescar y mariscar, debiendo poseer la preceptiva licencia en ambos casos.

Se prohíben además  terminantemente las acampadas, así como la instalación de cualquier tienda de campaña, estructura con lonas y demás habitáculos y los agentes de la Policía Local y  Protección Civil podrán requerir a los usuarios  que acomoden el volumen de las emisiones acústicas de todo tipo de aparatos, al propio y tolerable, en condiciones normales, por el oído humano. Esta norma, al parecer, no rige para los chiringuitos ubicados junto a Puerto Sherry, que tienen la música a todo volumen junto a varias playas portuenses.

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