El Tribunal Supremo ratifica la pena al ex vicerrector de la UCA que desvió fondos públicos

El catedrático Francisco Antonio Macías Domínguez fue condenado en el caso de las Tarjetas Black a cuatro años y ocho meses de cárcel

El ex vicerrector Macías Domínguez durante una sesión del juicio con jurado.
El ex vicerrector Macías Domínguez durante una sesión del juicio con jurado. / Lourdes De Vicente

Cádiz/La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años y ocho meses de prisión impuesta al ex vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (VIDI) de la Universidad de Cádiz (UCA), Francisco Antonio Macías Domínguez, al haber quedado acreditado que desvió de forma continuada los fondos públicos que administraba en su propio beneficio entre 2007 y 2011. Asimismo, el TS ha confirmado la indemnización de 17.122 euros que debe pagar a la UCA en concepto de responsabilidad civil, el pago de una multa de 30.000 euros y la pena de 5 años de inhabilitación especial para cargo público relacionado con la dirección y representación universitaria y con la administración de fondos públicos.

Los magistrados del Alto Tribunal han desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que rebajó de 5 a 4 años y 8 meses la pena que le había impuesto la Audiencia de Cádiz en primera instancia -tras la celebración de un juicio con jurado- por un delito continuado de malversación de caudales públicos en concurso ideal con otro delito de falsificación de documento oficial cometido por funcionario público. La sentencia recurrida también rebajó de 33.570 a 17.122 euros la cuantía de la indemnización y mantuvo el resto de los pronunciamientos -multa e inhabilitación- de la sentencia emitida en Cádiz.

En el conocido como caso de las Tarjetas Black quedó acreditado que el ex vicerrector de la Universidad de Cádiz Francisco Antonio Macías Domínguez desvió dinero de las cuentas de la UCA en su propio beneficio entre 2007 y 2011, fechas en las que ocupó el puesto de vicerrector de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (VIDI).

El también catedrático empleó dinero público para sus gastos personales, sobre todo de comidas en restaurantes, que cargó a la UCA y que justificó falsamente como prolongaciones de jornada, atenciones protocolarias o encuentros de trabajo con otros altos cargos institucionales que, en su mayoría, negaron en el juicio haber estado presentes en esas reuniones.

Para ello, explica la sentencia de la Audiencia, el ex vicerrector se valió de las tarjetas de crédito corporativas de la Universidad de Cádiz. Las conocidas como tarjetas black tenían un límite de 3.000 euros mensuales y los pagos que se realizaban con ellas "se adeudaban directamente en la cuenta bancaria de la UCA". Macías también utilizó el procedimiento de reembolso por caja habilitada, "que requería de una tramitación administrativa en la que el procesado entregaba un ticket o factura junto con un impreso de motivación del gasto firmado por él como responsable del gasto" para su posterior cobro.

Queda reflejado en la sentencia de forma pormenorizada el "desvío desleal de fondos públicos" que llevó a cabo Macías "en su propio beneficio de forma fraudulenta" a través de un exhaustivo desglose de los gastos irregulares que generó en su época de vicerrector, la mayor parte de ellos, ocasionados en fines de semana. Aparecen así numerosos cargos en restaurantes de la provincia de Cádiz, algunos duplicados e incluso triplicados, estancias en hoteles, gastos de desplazamiento, etcétera. Figuran también cargos fraudulentos en días festivos.

La estrategia de defensa seguida por el ex vicerrector durante la vista con jurado se basó en todo momento en la posibilidad de que existieran errores en la confección de los impresos que justificaban sus gastos y en la tardanza en su relleno. Sugirió también que su secretaria pudo equivocarse en la cumplimentación de los documentos acreditativos que fiscalizaban las cuentas del Vicerrectorado de Investigación.

Al respecto, la resolución judicial argumenta que "aun cuando los impresos de motivación del gasto fuesen rellanados por la secretaria, ésta lo hacía siguiendo siempre las instrucciones de Macías. Resulta incuestionable que el dominio lo tenía el vicerrector y él mismo era quien, a la postre, se veía beneficiado".

Si la secretaria faltó a la verdad en la tramitación de los gastos de Macías, lo hizo "al dictado" y "de manera inconsciente", mientras que el catedrático llevó a cabo la falsificación del documento oficial de forma "deliberada", pues "utilizó a su secretaria como mero instrumento para conseguir su designio criminal".

De ahí que la sentencia dictada por la Audiencia de Cádiz recordase que el delito de falsedad documental no es un delito de propia mano.

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