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Tribunales

Ratificada sentencia contra el padre que abusó de su hija en Cádiz

  • El TSJA  rechaza los argumentos de la defensa del acusado, que fue condenado en 2018 tras ser denunciado por la madre del novio de la chica

Fachada de la Audiencia Provincial de Cádiz

Fachada de la Audiencia Provincial de Cádiz / Joaquín Hernández 'Kiki'

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia contra un vecino de Cádiz que había sido condenado por abusar sexualmente de su hija de 15 años en 2018, tras la denuncia que presentó la madre del novio de la chica.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, el TSJA rechaza los argumentos de la defensa de este hombre, que había intentado anular la condena previa con un recurso en el que alegó intereses de su hija para perjudicarle.

Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2018, cuando la chica vivía en casa de su abuela paterna, con su abuela, su padre y su tío.

Una tarde el padre le rasuró el vello del pubis y, tras sonsacarle información sexual sobre sus relaciones con su novio, le besó los genitales, algo que ella prefirió no denunciar para evitar un conflicto familiar.

Pero el 11 de marzo de aquel año el hombre le dio a probar a su hija un cigarro, ella se mareó y se fue a dormir y el hombre le bajó el pijama para tratar de penetrarla, pero la chica logró despertarse y huir a casa de su novio, donde lo relató todo y propició la denuncia de la madre del joven.

La Audiencia Provincial le condenó a 11 años y un día de prisión, y la prohibición de acercarse a su hija a menos de 200 metros y una indemnización de 50.000 euros.

El condenado recurrió, pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado todos sus argumentos en la sentencia que se acaba de hacer pública, como las posibles contradicciones entre las diferentes declaraciones que hizo su hija.

No hay base alguna para recelar de la manifestación de la chica o que haya sido impulsada por motivos de malquerencia o interés de causar mal gratuitamente al proceso”, asegura el tribunal andaluz, que da por buena la declaración de la hija.

Tampoco atiende los atenuantes que podía haber tenido en su comportamiento el consumo previo de alcohol o drogas.

Contra este fallo judicial cabe recurso ante el Tribunal Supremo. 

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