Karlos Puest está a la espera de ingreso en prisión por sus vídeos
El motivo es el impago de la multa impuesta en la condena del pasado año por injurias al edil José Blas Fernández
El autor de numerosos vídeos que publicaba en las redes sociales atacando, principalmente, al concejal José Blas Fernández ingresará finalmente en prisión. Juan Carlos Prieto, que en sus grabaciones se hacía llamar Karlos Puest, está a la espera de recibir notificación de ingreso en prisión como consecuencia del impago de la condena dictada en febrero del pasado año por injurias a Fernández (una pena de doce meses de multa a razón de 6 euros al día además de otros 3.000 euros de indemnización al concejal y de las costas del proceso judicial).
En aquella sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz ya advertía el juez de la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, en función de lo que establece el artículo 53 del Código Penal. Y tras dictarse la sentencia en febrero de 2017 y no abonarse hasta la fecha las cantidades requeridas, Prieto tendrá que afrontar ese artículo 53.
Así lo ha reafirmado el Juzgado de lo Penal en un auto recientemente, en el que ha desestimado el recurso presentado por la defensa de Prieto para la suspensión "de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta derivada del impago de multa". Además de la existencia de antecedentes, el juez que ha llevado el caso afirma en ese auto que Prieto "no es delincuente primario", a lo que se une que "no ha hecho ningún esfuerzo importante por reparar el daño causado, sólo ha consignado una pequeña cantidad de la indemnización a la que fue condenado y ha seguido publicando vídeos de igual contenido injurioso contra el denunciante, lo que demuestra su nulo arrepentimiento o su nula predisposición a reparar el mal causado".
En los mismos términos se ha expresado también el Ministerio Fiscal ante esta posibilidad de evitar la cárcel, viendo en su caso en el condenado "una peligrosidad social a la vista de su hoja histórico penal y una escasa prueba de reinsertarse en la sociedad, por lo que entendemos que las circunstancias personales y el esfuerzo por reparar el daño causado son inexistentes, por lo que entendemos debe denegarse la sustitución interesada por el penado y el cumplimiento de la pena privativa de libertad que le fue impuesta".
Conviene recordar que en su día se contabilizaron más de un centenar de insultos proferidos contra José Blas Fernández en los vídeos de Karlos Puest (como perro, hijo de puta, miserable, explotador, pedazo de cabrón, ruín, facha, psicópata, pesetero, cara breva, carajote, gilipollas, teniente de alcalde de mierda o heredero fascista). "Tales epítetos no pueden ampararse en una pretendida libertad de expresión y son injustificables, Ademas, no es que el acusado profiera contra el denunciante tales expresiones de forma aislada sino que son varias veces y de forma repetitiva, después en algunos casos de habérsele tomado declaración como imputado o requerido para que retire los vídeos reseñados", comenta el juez en su sentencia de febrero del pasado año.
Este caso de Prieto se une a otros dos por los que también ha sido condenados por publicar vídeos ofensivos; en uno de ellos se le condenó a una indemnización de 3.000 euros al concejal Ignacio Romaní, y en el otro a una multa de 17 meses y pago de costas por insultos y ataque a la Policía Local.
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