Halitosis alcohólica, excitado, habla pastosa, andar inseguro... : absuelto

Condenado por negarse a someterse a la prueba de alcoholemia pero exculpado de conducir bebido: no consta que condujese de forma anómala, dice el juez

La calle Ciudad de Santander, donde se produjo el accidente.
La calle Ciudad de Santander, donde se produjo el accidente.
T. Ramos / Cádiz

25 de febrero 2011 - 01:00

El Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz ha absuelto de conducir bebido a un hombre a quien, tras un golpe con otro coche que él no provocó, la Policía halló con síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas: rostro sudoroso, halitosis alcohólica fuerte, comportamiento arrogante y excitado, vestimentas desordenadas, deambulación insegura, habla pastosa, orientación confusa y ojos enrojecidos. El procesado había bebido, admite el juez. Pero no existe dato objetivo que determine que esa ingesta previa influyese negativamente en la conducción y no consta que fuese conduciendo en ningún momento de forma anómala, argumenta.

La sentencia dictada por el magistrado Julio Serrano anota también, al rechazar la condena por conducción bajo los efectos del alcohol que reclamaba el fiscal, que alguno de los síntomas recogidos por los agentes es "igualmente compatible" con "la situación de tensión y nerviosismo que seguramente provocó en el acusado el accidente en el que se vio involucrado". De ahí que el magistrado opte por aplicar el principio in dubio pro reo (en la duda, a favor del procesado).

La resolución sí condena al acusado a ocho meses de prisión (con suspensión de condena) y a un año y medio sin carné por negarse a someterse a las pruebas de detección alcohólica. El fiscal acusaba al procesado de dos delitos. Ahora se plantea presentar un recurso contra la sentencia ante la Audiencia Provincial.

El accidente que llevó a M. al banquillo ocurrió el 14 de septiembre de 2007 en la calle Ciudad de Santander. La sentencia estima probado que M. conducía su automóvil, acompañado por su esposa como copiloto, y que al pasar junto a la salida de un garaje el vehículo fue embestido por otro cuyo conductor no respetó la preferencia de paso del primero. Los agentes de la Policía Local que acudieron al lugar del siniestro comprobaron que M. tenía síntomas subjetivos que reflejaban que había ingerido previamente bebidas alcohólicas. Pero que no suponen que M. tuviese mermadas sus facultades psicofísicas para conducir, indica la resolución. Requerido por los policías, el procesado se negó "rotundamente" a someterse a las pruebas de alcoholemia.

El procesado sostuvo que conducía su esposa, no él. La mujer ratificó esa versión y aclaró que su marido no podía conducir ni beber debido a una reciente operación. El juez afirma que, tal como planteó el fiscal, era M. quien conducía. Argumenta que dos testigos ajenos al accidente dijeron que vieron a M. en el asiento del conductor. Y que el conductor del otro vehículo involucrado en el siniestro relató que tras la colisión, M. se bajó del coche por el lado izquierdo y que incluso le insultó y llegó a agredirle, lo que deparó otro procedimiento.

La sentencia ordena abrir una causa por falso testimonio. El magistrado explica en la sentencia que advirtió a la esposa del procesado de que si optaba por declarar como testigo en el juicio (podía acogerse a su derecho a no hacerlo) debía decir la verdad. "Mintió y debe procederse contra ella", señala el magistrado.

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