El Ejecutivo limita la temperatura en bares, oficinas públicas, cines y estaciones
La calefacción no podrá pasar de 21 grados en invierno y fija el aire acondicionado en 26 grados
El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto que modifica varias instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones en los Edificios (RITE), fijando en 21 grados el máximo de la temperatura en espacios públicos en invierno y en 26 grados en verano.
La nueva normativa se aplicará en el interior de los edificios y locales climatizados destinados a usos administrativos, comerciales, culturales y de ocio, así como en estaciones de transporte, con el fin de reducir su consumo de energía. El decreto nace de la propuesta de los ministerios de Vivienda y de Industria, Turismo y Comercio. Tiene como objetivo elevar el ahorro energético en las grandes superficies y en los edificios públicos con afluencia habitual de un número elevado de personas. Así, establece que tanto en espacios calefactados como refrigerados, la humedad relativa deberá estar comprendida entre el 30% y el 70%. Igualmente, con el fin de ahorrar energía, los edificios y locales con acceso desde la calle deberán disponer de un sistema de cierre de puertas que impida que estén permanentemente abiertas.
Para el Ejecutivo, la aprobación de esta medida estimulará las iniciativas institucionales y empresariales encaminadas al ahorro y a la eficiencia energética. Además, incentivará la entrada en los mercados de las empresas de servicios energéticos.
Entre los edificios de usos comerciales afectados por la normativa figuran supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares. Respecto a los culturales, se incluyen teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y otros. Otros espacios públicos afectados serán bares, restaurantes y cafeterías.
Como parte de la estrategia de ahorro y eficiencia energética, el plan de Gobierno sobre la materia para el periodo 2008-2011 contiene 31 medidas que buscan un uso más racional de la energía, entre las que figuran la obligación de limitar las temperaturas en el interior de los edificios y locales climatizados destinados a usos administrativos, comerciales, culturales y otros. Por otro lado, esta estrategia esgrimida por el Gobierno prevé la exhibición de la gama de temperaturas interiores registradas en los recintos de los edificios y locales que son frecuentados habitualmente por un número importante de personas o tienen una superficie superior a 1.000 metros cuadrados.
No hay comentarios