Condenados a nueve años por lesionar a un joven que perdió un ojo

Los dos condenados, en compañía de otros, le propinaron una paliza en octubre de 2007 en las inmediaciones de la plaza de Sevilla y a sus tres acompañantes

Estado de la plaza de Sevilla en el año 2007, cuando sucedieron los hechos.
Estado de la plaza de Sevilla en el año 2007, cuando sucedieron los hechos.
Melchor Mateo / Cádiz

07 de agosto 2012 - 01:00

La Audiencia Provincial ha condenado a dos jóvenes a nueve años de prisión para cada uno de ellos por sendos delitos de lesiones tras la paliza que propinaron a varios jóvenes en la noche del 12 de octubre de 2007, a consecuencia de la cual uno de los agredidos perdió su ojo izquierdo, además de provocarle diversas lesiones más. Ocho años de pena es por la agresión contra José Antonio P.A., al que también le causaron la fractura en uno de sus tobillos, y la otra fue por los golpes propinados contra su hermano David, que sufrió la rotura de los ligamentos cruzados de una rodilla. Asimismo, otros dos acompañantes de estos también fueron agredidos.

La sentencia de la Sección Cuarta considera probado que alrededor de las siete de aquel día los dos condenados, Miguel D. B. e Ignacio G.C. se dirigían desde la Punta de San Felipe a la estación de trenes para marcharse a El Puerto, lugar en el que residían. Miguel D. iba acompañado de otro amigo mientras que Ignacio iba unos metros más adelante.

Miguel se acercó en las inmediaciones de la plaza de San Juan de Dios a José Antonio y le pidió fuego, solicitud que le fue concedida. A pesar de ello lo llamó "gilipollas, gafas, maricón, cuatro ojos, gordo" y dirigiéndose a su amigo le dijo que lo dejara solo que le iba a dar a esos dos, "que eran unos maricones".

Los dos insultados siguieron caminando pero Miguel D. no paraba de insultar. Justo antes de la entrada del recinto portuario José Antonio le dijo a Miguel D. que los dejara en paz y que era un chulo. Ahí Miguel D. ya lanzó el primer puñetazo que alcanzó a la víctima en un lado de la cara y siguió propinándole golpes. José Antonio para defenderse también soltó varios golpes para rechazarlo. Mientras tanto, el otro condenado, Ignacio G., vio lo que estaba ocurriendo y se sumó a la agresión, tal y como relata el tribunal en la sentencia. El amigo de José Antonio también fue golpeado y el incidente quedó ahí.

Los dos agredidos continuaron caminando hacia la plaza de Sevilla, pero al recelar de que pudieran ser nuevamente atacados, José Antonio avisó telefónicamente a su hermano David y a un amigo.

Al llegar a la plaza de Sevilla estos dos últimos estaban rodeados por un grupo más numeroso de personas y se acercaron. Miguel D. presentaba el rostro y parte de la camisa ensangrentados como consecuencia del enfrentamiento anterior, y dirigiéndose al grupo que los rodeaba señaló a José Antonio y les gritó que éste le había agredido. Estas personas, más el propio Miguel e Ignacio, en total unos nueve, se abalanzaron contra ellos.

A José Antonio consiguieron tirarle al suelo y le propinaron patadas en varias partes del cuerpo, sobre todo en la cabeza, "pese a ser conscientes del evidente riesgo de causar lesiones de gravedad con dicha forma de actuar". Una de las patadas alcanzó la cara de José Antonio, le rompió las gafas y le ocasionó una grave herida en el ojo izquierdo, por lo cual lanzó un alarido. La pelea continuó con diversos golpes hasta que los agresores se dieron a la fuga, unos en coche mientras que Ignacio G.C. huyó hacia el interior de la estación para coger un tren.

En el juicio los dos acusados negaron que agredieran a estas cuatro personas. Pero el tribunal no los creyó. Directamente dice la sentencia que la declaración de las cuatro víctimas eran plenamente creíbles y en el caso de José Antonio "por la rotundidad, precisión y coherencia" con las que las hizo.

En el juicio hubo la declaración de uno de los amigos de Miguel D. que había reconocido las agresiones de sus dos compañeros tanto ante la Policía, con su letrado presente, y posteriormente en el juzgado, pero después en la vista se desdijo. El tribunal señaló que lo que dijo en la Audiencia el día del juicio "carecía de toda credibilidad".

El tribunal no sabe si la patada que le causó el estallido del ojo fue propinada por Miguel D., por los dos o por otros de los agresores que no fueron identificados. El caso es que la doctrina que ha tomado el tribunal dice que "todos los que concurren en la ejecución de un hecho se ven ligados por un vínculo de solidaridad que les corresponsabiliza" y que las lesiones que resulten "son imputables a todos los agresores". Por ello, Miguel D. e Ignacio tienen la misma pena. Ocho años por el delito de lesiones contra José Antonio P.A., al producirse la pérdida de un órgano vital; y otro por las que realizaron contra su hermano. La sentencia puede ser recurrida.

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