La Audiencia ve proporcionadas las penas por el accidente de San Roque
Rechazados los recursos contra la sentencia que absolvió a dos acusados y condenó a penas mínimas a otros dos por la muerte del trabajador Jesús Mera
La Audiencia Provincial de Cádiz ha rechazado los recursos presentados contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz que absolvió al promotor y al arquitecto de una obra en la calle San Roque y que condenó a penas mínimas a dos contratistas. En un accidente en la obra ocurrido en septiembre de 2007 falleció Jesús Mera López, de 48 años de edad, tras caer desde un andamio.
La Fiscalía y la acusación particular solicitaron a la Audiencia que condenase a F.S. y la Fiscalía también pidió que fuese condenado G.N., ambos absueltos, el primero dueño de la finca en la que se estaba realizando la obra y promotor de ésta, el segundo arquitecto. La Fiscalía también pidió un incremento de penas a los dos contratistas que fueron condenados.
La sentencia de la Audiencia Provincial rechaza esas peticiones. El tribunal explica que F.S. no estaba obligado en su condición de promotor, "sin ninguna implicación en la ejecución material de la obra, de dotar a los trabajadores de las medidas de seguridad, ni puede tenerse por acreditado que porque visitara la obra una vez a la semana a pagar conociera cómo se venían realizando los trabajos, ni en concreto que el día del accidente se trabajaba careciendo de las correspondientes medidas de seguridad, ya que ese día no fue a la obra, por lo que no puede considerársele autor de los delitos que se le imputan".
La resolución argumenta, respecto a G.N., que en el proyecto de obra realizado por este arquitecto no se contemplaba la ejecución de trabajos de altura y que él se incorporó a la obra como director técnico y como coordinador de seguridad desde abril de 2007 hasta el 6 de agosto de ese año, fecha en que expidió el certificado final parcial de obra.
En cuanto a las penas impuestas a los dos contratistas, M.R.S. y A.R.C., el tribunal explica que las considera proporcionadas. Y agrega que, en contra de lo que sostiene el fiscal, no ve contradictorio que por el homicidio imprudente se imponga la pena mínima y no así por el delito contra los derechos de los trabajadores, "pues éste viene referido no sólo a los trabajos en la montera que dieron lugar a la muerte del trabajador sino a otros previos".
La sentencia ratifica la condena a un año de prisión por un delito contra el derecho de los trabajadores a M.R. y a A.R., la inhabilitación profesional por un año y también la pena de un año de prisión a cada uno por un delito de homicidio por imprudencia e inhabilitación ro otro año.
Jesús Mera López falleció en presencia de su hijo, que como él también trabajaba en la obra sin contrato, al igual que un sobrino. El trabajador se precipitó al vacío desde el andamio en el que se encontraba, en la tercera planta del edificio, en el número 6 de la calle San Roque.
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