La Audiencia Provincial confirma la anulación de unos "valores Santander"
Tribunales
La sentencia falla a favor de un ex trabajador de Delphi al que se le restituirá la totalidad del dinero entregado en su día
La Audiencia Provincial de Cádiz, en una reciente sentencia ha confirmado otra de un Juzgado de Primera Instancia de El Puerto de Santa María, que había fallado a favor de un ex trabajador de Delphi, por la que declaraba la nulidad de un contrato de adquisición de un producto financiero “Valores Santander”, con restitución al demandante de la totalidad de la cantidad entregada en su día, más los intereses devengados desde la fecha de la firma del contrato. Esta Sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, es la primera en España de una Audiencia Provincial -hay algunas otras pero de primera instancia, ninguna en apelación- que estima una demanda de anulación de los famosos productos híbridos denominados “Valores Santander”.
La emisión de este producto “Valores Santander” se realizó con el objetivo de financiar la OPA de la adquisición del banco holandés ABN Amro por parte del consorcio formado por el Banco Santander, Royal Bank of Scotland y Fortis Bank. Esta compleja operación financiera fue clasificada por el prestigioso rotativo económico “Financial Times” en su suplemento de fin de semana, de 20/1/2013, como la segunda más importante realizada por el Banco Santander después de la fusión con el Central Hispano, en su artículo “Botín The man from Santander”.
Si el consorcio de bancos no compraba el banco holandés ABN Amro se le devolvía al inversor el capital invertido más un 7,30% de interés. Si por el contrario, se adquiría ABN Amro, como así sucedió, el dinero entregado se transformaba en obligaciones convertibles en acciones del Banco de Santander, generando un 7,30% de interés el primer año y los sucesivos el euribor mas 2,75% pagados trimestralmente, y al quinto año se convertían en acciones del Banco de Santander con la cotización en la Bolsa que le correspondiera, que como todos sabemos, cayeron en picado.
Según la sentencia de la Audiencia, de esta compleja operación de compra del banco holandés por el consorcio de bancos mencionados, no se explicó al cliente “los riesgos de forma pormenorizada”. Por el contrario, le indicaron que “cuando hiciera falta el dinero en efectivo total o parcialmente, podrían realizarlo en cualquier momento con aviso de una semana de antelación”. La realidad era bien distinta, ya que se trataba de una operación compleja de alto riesgo, hasta el punto que se depreció considerablemente.
El alto interés publicitado del 7,3% nominal anual (7,5% TAE) de la inversión a renta fija era exclusivamente por un año, y no durante todo el tiempo que durara la inversión, como al parecer, se les dijo. Ese alto interés fue todo un aliciente para la suscripción de esos valores. Sin embargo, “el comportamiento y la rentabilidad de los Valores se encontraban en buena parte vinculados al desenlace de la operación” según se ha explicado el Banco posteriormente.
Los abogados de los demandantes, los Letrados de El Puerto de Santa María, Tomas Torres Peral y José María Serván Armario, consideran que esta pionera sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, abre una nueva vía a los afectados por los productos financieros “Valores Santander” para conseguir la anulación de sus contratos por vicio del consentimiento, con devolución del capital invertido más los intereses correspondientes desde la fecha de la inversión, si se encuentran en las siguientes circunstancias: 1) si hubo inducción a error de los clientes que firmaron los contratos, debida a la falta de información veraz por parte del banco sobre la verdadera naturaleza jurídica de dicho producto financiero de alto riesgo, 2) si el perfil de los clientes tengan una formación media o baja sin ningún conocimiento o experiencia en inversión de productos financieros complejos, 3) si los productos financieros no fueron solicitados por los clientes, sino ofrecidos por el banco, y 4) si hubo falta de la debida información por parte del banco sobre los altos riesgos que corrían los clientes de dichos productos financieros.
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