Andalucía

El jurado recibe hoy el objeto del veredicto y se reúne a deliberar

La decisión está ahora en manos de los nueve miembros que forman el jurado popular que se constituyó el pasado 17 de junio, coincidiendo con el inicio del juicio contra José Bretón. El presidente del Tribunal, Pedro Vela, hará hoy entrega, en una reunión a la que sólo pueden acceder el Ministerio Fiscal y los abogados de la acusación y la defensa, el objeto del veredicto que juzgará si el acusado es culpable o no culpable del supuesto asesinato de sus hijos Ruth y José.

Tras la entregada del objeto del veredicto, los nueve miembros del jurado -siete mujeres y dos hombres- se retiran a deliberar, tal y como informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Entonces puede haber veredicto en cualquier momento de ese día o en jornadas sucesivas (no antes de las 10:00 ni después de las 20:00).

El jurado debe guardar en secreto su deliberación. Por ello, este proceso se realiza a puerta cerrada y deben permanecer totalmente incomunicados hasta que emitan su veredicto, del que se hará lectura en la sala de vistas ante el acusado. Los miembros del Tribunal Popular pueden solicitar en cualquier momento la ayuda del magistrado ante cualquier tipo de duda. En ese caso, Pedro Vela les indicará las instrucciones que deben seguir. Si tras 48 horas, no han emitido un veredicto, el magistrado puede convocarles para conocer los motivos.

El método de votación de cada uno de los puntos del objeto del veredicto es muy sencillo. Tienen que votar si cada pregunta es probada o no probada. Para ser considerada probada debe haber como mínimo siete de los nueve votos cuando se trata de un hecho contra el acusado. El número cambia cuando se trata de un hecho que le favorece. Entonces sólo se necesitan cinco votos a favor.

Una vez que se han respondido todas las preguntas, los miembros del jurado tienen que cuestionar si el acusado es culpable o no culpable. Así, y siguiendo la misma regla, se considera culpable con siete votos y no culpable con cinco. Si se produjera esta última posibilidad, el magistrado debe dictar la absolución del procesado y, por tanto su puesta en libertad. Pero, si se considera culpable, el juez debe redactar una sentencia para fijar la pena de prisión para el acusado por los hechos por los que se le condena.

En este caso, el Ministerio Público y la acusación particular solicitan para José Bretón una pena de 40 años de prisión por la supuesta comisión de dos delitos de asesinato con alevosía y la agravante de parentesco. La defensa del acusado, sin embargo, solicita su absolución, ya que, tal y como puntualizó ayer en su informe final, no existen pruebas para demostrar que José Bretón acabó con la vida de sus dos hijos el 8 de octubre en la hoguera que prendió en la finca de Las Quemadillas.

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