Movilidad

Estas son las sanciones por el incumplimiento de la normativa con los patinetes eléctricos

Un usuario de un patinete eléctrico pasando por delante de uno de los accesos al puerto de Cádiz

Un usuario de un patinete eléctrico pasando por delante de uno de los accesos al puerto de Cádiz / Julio González (Cádiz)

La moda de los patinetes eléctricos se ha adueñado de las calles. Estos pequeños vehículos están presentes en muchas vías públicas, por lo que surge el debate: ¿es seguro desplazarse en patinetes eléctricos a través de las carreteras interurbanas o convencionales?

Desde la Dirección General de Tráfico llevan años anunciando de la peligrosidad y el cuidado que se debe tener a la hora de usar estos vehículos versátiles. Desde que se extendió su uso, establecieron en la normativa básica la prohibición de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. En cuanto al resto de vías autorizadas, estará a cago de la ordenanza municipal de cada ciudad indicar dónde se puede circular. La DGT establece una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora. En el caso de Cádiz, desde mediados de 2021 se estableció una Ordenanza de Movilidad en la que se regulaba la normativa relativa a estos vehículos.

Aquellos que decidan utilizar el patinete de forma compartida deberán ser consciente de que el Reglamento General de Vehículos establece que es de una única plaza y solo podrán  estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. De esta forma, aquellos que hagan un mal uso del patín podrán ser sancionados económicamente. 

Las ventajas ofrecidas por los patinetes eléctricos son numerosas, lo que ha provocado que aumente la venta en el número de ejemplares y el creciente uso. Entre las principales características de este medio destacan ser uno de los más económicos y prácticos para desplazarse de un punto a otro. Su sistema de movimiento es respetuoso con el medio ambiente al no emitir gases contaminantes. Otra ventaja es la posibilidad de llevarlos a cualquier parte. 

Pese a las numerosas ventajas, algunos usuarios consideran un problema que se regule la circulación de VMP, que se prohíba usar auriculares o teléfono móvil y la obligatoriedad de llevar ropa reflectante durante la noche. Desde la DGT dejan claro que el incumplimiento de estas normas conllevará una sanción económica:

  • Entre 500 y  1.000 € por conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas, en función de la tasa de alcohol, o de 1.000 € si se trata de drogas. Si el usuario da positivo, el vehículo quedará inmovilizado.
  • El uso del teléfono móvil mientras se conduce un patinete o cualquier otro dispositivo de comunicación conllevará una sanción de hasta 200 €.
  • El uso de auriculares, conducir durante la noche sin alumbrado, prendas reflectantes o casco, si la ordenanza municipal contempla esta medida como obligatoria, la multa será de 200€.

Desde septiembre de 2021, se estableció la obligatoriedad de llevar el casco. Además, los usuarios deberán llevar obligatoriamente el certificado de circulación. Aquellos patinetes eléctricos comercializados a partir del 22 de enero de 2024 deberán ser certificados cumpliendo la normativa. Para los que sean comercializados a partir de dicha fecha podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificado. A partir del 22 de enero de 2027 solo pondrán circular los scooters eléctricos que dispongan de permiso para circular.

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