El caracal de Sanlúcar y la peligrosa moda de las mascotas exóticas: la Ley de Bienestar Animal castiga con multas de hasta 200.000 euros
Casi dos años después de su aprobación, aún no se ha desarrollado el reglamento para determinar el listado positivo de especies
La adquisición de felinos exóticos como mascotas es una moda aupada por las redes sociales que normalmente acaba con el abandono o la fuga del animal
El mascotismo de felinos exóticos ha llegado a la provincia de Cádiz. La Asociación de Rescate Brigada Animal ha logrado rescatar un ejemplar de caracal abandonado en Sanlúcar de Barrameda que estuvo vagando 16 días por los campos de la zona. El caracal, al que se le ha llamado Sorgo, ha sido finalmente trasladado a las instalaciones Primadomus España en Villena (Alicante), donde permanecerá en cuarentena y recibirá atención específica.
No es la primera vez que ocurre un caso de este tipo en Andalucía. En 2024 otro ejemplar de caracal fue rescatado en Marbella, después de escaparse a otra casa a 20 kilómetros de su propietario, quien lo había importado de forma irregular desde Rusia. El mamífero fue trasladado a la misma ONG de Alicante, que advierte de que cada vez es más frecuente encontrar felinos exóticos de pequeño y mediano tamaño adquiridos como mascotas en toda Europa.
Se trata de una moda aupada por las redes sociales que, en la gran mayoría de los casos, termina con la fuga de estos animales siguiendo sus propios instintos o el abandono. Pero ¿qué dice la ley sobre la tenencia de estas especies exóticas?
La ley prohíbe la tenencia de mamíferos de más de 5 kilos
La Ley de Bienestar Animal introduce el concepto de listado positivo, que determina las especies que sí pueden ser consideradas animales de compañía y excluye automáticamente al resto. Sin embargo, y tras casi dos años desde su entrada en vigor, el reglamento al respecto aún no se ha desarrollado.
Mientras, una disposición transitoria establece la prohibición de tenencia como mascotas de animales en base a criterios de peligrosidad y de conservación de la fauna silvestre amenazada. En este sentido, se prohibe la tenencia de mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kilogramos de peso, a menos que su propietario haya regularizado su situación ante el Registro de Animales de Compañía de su comunidad autónoma antes del 29 de marzo de 2024.
Dentro del grupo de mascotas prohibidas se incluyen asimismo todos los primates, los reptiles de más de dos kilos de peso y los animales que puedan comprometer la integridad física o la salud de las personas por su mordedura o veneno.
El caracal, amparado por el Convenio Internacional de Tráfico de Especies Silvestres
Por otro lado, la tenencia de cualquier especímen silvestre exótico protegido amparado por la Convención CITES (Convenio Internacional de Tráfico de Especies Silvestres), como los caracales, requiere de los permisos y autorizaciones recogidas en la legislación nacional e internacional. Según el Ministerio para la Transición Ecológica, son necesarios:
- Permiso de importación, así como el pago de una tasa de 20 euros. Se debe acreditar el origen de los especímenes mediante documentación que justifique su obtención legal.
- En algunos casos, basta con notificar la importación ante la aduana por la que se introducen los especímenes.
- Certificado de propiedad privada, por el que se permite viajar por varios países durante 3 años al dueño de la mascota, sin necesidad de obtener permisos de importación o exportación.
Diez mil euros de multa por no regularizar su situación
Los propietarios que no hayan notificado a la autoridad medioambiental correspondiente la tenencia de estos animales como mascota se enfrentan a una infracción leve castigada con apercebimiento o una multa de hasta 10.000€. En el caso de que se produzcan daños o la muerte del animal, la multa ascendería hasta los 200.000€.
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