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Caso de la muerte violenta del perro en Jerez: ¿Qué dice la nueva Ley del matrato animal?

La menor de 12 años con el perro asesinado

La menor de 12 años con el perro asesinado

La brutal muerte de forma violenta de un perro a manos de un hombre por el simple hecho de tropezarse con la correa del animal cuando su dueña lo paseaba lleva a preguntarse qué ocurre en estos casos. La dueña es una niña de 12 años que lo paseaba tranquilamente y que ahora se encuentra totalmente traumatizada y con la normal preocupación de sus padres ante la indefensión en que se encuentra la familia, que solicita alejamiento. 

Y es que según contaba la madre, el juez ha estimado un año de prisión para el presunto autor y 650 euros por daños. Pero, ¿qué estima concretamente la ley para un delito de estas características? Esto dice la nueva normativa

¿Qué dice la Ley? 

En enero del pasado año empezó a reconocerse a las mascotas como seres sintientes por ley (antes se consideraban cosas o bienes). Pero no fue hasta agosto cuando el Consejo de Ministros aprobó la nueva Ley de Protección Animal, que conlleva una reforma una reforma del Código Penal que endurece las sanciones por maltrato animal.

El texto incluye hasta 24 meses en el caso de que el animal muera en consecuencia, o de hasta 36 meses en el caso de que concurra más de una agravante. También incluye la inhabilitación de entre 5 hasta 10 años de poder vivir o trabajar con animales.

En lo referente a las multas, serán endurecidas de forma considerable. Las infracciones leves tendrán una sanción de hasta 10.000 euros, mientras que las graves serán de hasta 50.000 euros y las muy graves llegarán hasta los 200.000 euros. 

Estas son las infracciones graves

  • No cumplir las obligaciones de identificación animal.
  • El uso no autorizado de métodos agresivos o violentos en la educación animal.
  • La administración de sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento, que no sean prescritas por un veterinario.
  • Practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas.
  • Utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa, promoción.
  • Utilizar animales como reclamo publicitario sin autorización.
  • Criar animales silvestres alóctonos, así como comerciar con ellos.
  • El envío de animales vivos excepto en los casos previstos en la ley.
  • La retirada, reubicación o desplazamiento de gatos comunitarios en situaciones distintas a las permitidas en esta ley.
  • El abandono de uno o más animales.
  • El robo, hurto o apropiación indebida de un animal.

 

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