San Fernando

Una nueva resolución judicial ratifica la reserva de suelo de los polvorines

  • El juzgado desestima el contencioso interpuesto por un grupo de propietarios afectados · Es la tercera sentencia favorable al Ayuntamiento en Fadricas · El recurso de Defensa, pendiente del fallo

El Gobierno municipal andalucista ha vuelto a ver reforzada su postura ante el desarrollo urbanístico planteado para los polvorines de Fadricas y el entorno de Punta Cantera mediante la reserva de suelo -fórmula que favorece su incorporación al patrimonio municipal de suelo- después de que el Juzgado de los Contencioso Administrativo número 2 de Cádiz haya desestimado un nuevo recurso interpuesto contra el Ayuntamiento por un grupo de pequeños propietarios afectados.

Se trata de la segunda resolución judicial emitida a raíz de los contenciosos entablados por los propietarios afectados por el proyecto de delimitación, que han intentado impugnar por la vía judicial el acuerdo plenario de 26 de septiembre de 2008 por el que se aprueba definitivamente la reserva. La primera, del pasado 28 de septiembre, daba también la razón al Ayuntamiento y defendía la correcta actuación municipal al asegurar que el bien común justiticaba la reserva de suelo y descartar arbietrariedad o desviación por parte del Ayuntamiento.

Existe además un auto judicial del 20 de enero en el que se desestima la medida cautelar solicitada por el Ministerio de Defensa con la intención de suspender la reserva de suelo. Dicha resolución da por válidos los argumentos y justiticaciones del Ayuntamiento para poner en marcha la actuación.

Para el Gobierno municipal, su correcto proceder con la reserva de suelo está más que demostrado. Eso sí, aún quedan pendientes dos contenciosos más por el mismo tema. Uno, entablado por otro grupo de pequeños propietarios. Y, otro, por el propio Ministerio de Defensa. "Presumimos que el fallo judicial va a ir en la misma dirección porque todos han intentado los mismos argumentos contra la reserva", afirmó ayer el delegado general del área de Urbanismo, Manuel Prado.

Para el Ayuntamiento, el nuevo contencioso ganado sirve para presionar al Ministerio de Defensa a que negocie la adquisición de unos suelos desafectados desde hace ya más de una década y cuyo desarrollo ha quedado bloqueado por la falta de entendimiento entre ambas administraciones. Salvo con Defensa, con todos los propietarios -pequeños y grandes- ha alcanzado el equipo de gobierno un acuerdo para desarrollar este medio millón de metros cuadrados de suelo (a través de un acuerdo de bases). De hecho, actualmente, se trabaja en los borradores de convenio que se quieren suscribir en breve. Por eso, los recursos judiciales son en parte secundarios -hay ya suscrito un acuerdo con los afectados- aunque dejan a Defensa aislada y en una difícil postura. Ayer, tras la nueva resolución judicial, De Bernardo volvió a tenderle la mano para que se sentara a negociar y le pidió que recapacitara, que reflexionara sobre su postura contraria a los planes municipales. Y recordó que la nueva sentencia judicial, reitera que "existe una sólida fundamentación que acredita inequívocamente que es el bien común el que justifica la actuación del Ayuntamiento".

El recurso del Ministerio de Dfensa, que todavía no se ha fallado, alega principalmente falta de motivación del Ayuntamiento para llevar a cabo la reserva de suelo y su incorporación al patrimonio municipal de suelo. Este argumento -insistió ayer Prado- es rechazado en la última resolución judicial del juzgado, en la que se dice que "la lectura del expediente permite comprobar que recoge la motivación y el cumplimiento de las finalidades y utilización del patrimonio municipal de suelo". Además, apunta, que "la memoria específica, hasta donde es posible y desde luego necesario, incluye los parámetros básicos de la futura ordenación que permitirán la exacta definición de este ámbito tras el correspondiente planeamiento".

Concluye el Juzgado de lo Contencioso número 2 de Cádiz que "el acuerdo no adolece de falta de motivación, pues da respuesta particularizada, aunque breve, y suficiente a sus alegaciones, sin olvidar la documentación y los estudios e informes que la han precedido, incluso jurídicos".

La sentencia señala también que el acuerdo de la reserva no afecta para nada la edificabilidad -insistió Prado-, ya que ésta es materia de los instrumentos de planeamiento. "Por eso -dice la resolución- no hay fraude de ley ni enriquecimiento injusto".

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