San Fernando

Condena por lesiones leves en la puerta de una discoteca en San Fernando

  • El Juzgado de Instrucción número 3 condena a uno de los porteros y absuelve a otros tres por la denuncia de hace un año de un joven, que difundió por las redes sociales sus quejas por una "agresión homófoba"

Imagen del exterior de los Juzgados.

Imagen del exterior de los Juzgados. / Román Ríos

La denuncia de Ezequiel Espada hace un año por una supuesta agresión homófoba en la puerta de una discoteca -que difundió por redes sociales- se ha resuelto en los tribunales, donde se ha juzgado finalmente en un juicio de delitos leves, con una condena de dos meses de multa para uno de los cuatro acusados por un delito de lesiones leves, y la absolución de los otros tres implicados.

Los hechos juzgados ocurrieron el 7 de octubre de 2018 en torno a las 06.00 horas cuando el denunciante intentó volver a entrar en la Sala Vivo -cuya gerencia negó en su día la agresión homófoba- para recuperar la copa que había dejado instantes antes. La respuesta de uno de los porteros ocasionó la reacción del joven que le recriminó las maneras, recibiendo un empujón. Tras apartarse, el mencionado portero se le acercó, con otros tres individuos, y le dio un puñetazo, y ya en el suelo siguió recibiendo golpes. Las dos jóvenes que los acompañaban también recibieron patadas al interponerse. El denunciante también expuso que uno de los porteros al que no pudo identificar le dijo "te voy a matar, maricón, te voy a matar, cuando salga te mato".

De este relato de Ezequiel, que refrendaron las dos testigos, la jueza considera probada la responsabilidad de M.M.M. de un delito leve de lesiones. La víctima fue atendida en su momento de múltiples contusiones por puñetazos y patadas con producción de herida en mucosa de labio inferior y hematoma en región retroauricular derecha, según consta en la sentencia. Sin embargo, no estima acreditadas las amenazas de M.M.M.

En el caso de los otros tres acusados, el denunciante asegura que A.R.R. se le acercó, le dio un puñetazo y lo tiró al suelo. Sin embargo, las declaraciones de las dos testigos presenciales hacen dudar a la juzgadora. Además, Espada manifestó en el juicio que no cree que J.P.S. lo agrediera, ni que A.G.M. estuviera en la pelea, algo que se suma a las testificales de sus acompañantes. De ahí que el fallo de la jueza, que confirma la calificación fiscal, haya sido la absolución.

M.M.M., que no se presentó en el juicio, ha sido condenado a dos meses de multa a razón de 6 euros por día, más una indemnización en concepto de responsabilidad civil por las lesiones ocasionadas a Ezequiel Espada de 450 euros. 

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