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Desescalada

Puerto Real amplía el horario de apertura de las terrazas

  • En ningún caso el límite horario para la expedición de bebidas y comidas podrá exceder de las 03:00 horas

Terraza del Bar 'El calvo', el pasado fin de semana

Terraza del Bar 'El calvo', el pasado fin de semana / C.P. (Puerto Real)

Entramos en la Fase 3 de la desescalada y ya se permite, entre otras medidas, la ampliación del uso de las terrazas en la hostelería hasta el 75%. Para apoyar al sector, entre las medidas para la reactivación del sector de la hostelería, el Ayuntamiento de Puerto Real ha publicado un Bando en el que se regula la ampliación del horario de las terrazas "con carácter extraordinario".

En el bando firmado por la alcaldesa, Elena Amaya, se recoge la ampliación del horario máximo de cierre general de los establecimientos de hostelería sin música y con música en una hora, hasta las 03:00 horas, no siéndole aplicable la ampliación de una hora más los viernes, sábado y vísperas de festivos.

También se establece que el horario de terrazas y veladoras no podrán superar los márgenes de apertura y cierre generales previstos para cada tipo de establecimiento. En ningún caso el límite horario para la expedición de bebidas y comidas en dichos espacios podrá exceder de las 03:00 horas, debiendo quedar totalmente desalojados y recogidos, como máximo, en el plazo de media hora a partir de ese horario límite. Así, queda sin efecto el horario establecido en la Ordenanza Municipal Reguladora de la instalación de terrazas.

El Ayuntamiento ha advertido a los hosteleros que en esta situación de alerta sanitaria vigilará especialmente el cumplimiento de la Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas en las vías urbanas de Puerto Real, y recuerda que es obligación del titular de la terraza mantenerla en las debidas condiciones de salubridad y seguridad, así como de la recogida diaria de residuos que puedan producirse en ella o en sus inmediaciones,

También se recuerda que será requisito indispensable para el titular de la instalación disponer de papeleras para recogida y depósito de residuos, y que no se puede almacenar o apilar productos en la vía pública junto a terrazas de veladores. En caso de incumplimiento, el Ayuntamiento procederá, previo apercibimiento, a la ejecución subsidiaria, corriendo los gastos a costa del interesado.

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