Puerto Real

Absueltos tres de los cuatro acusados por el caso de la perrera de Puerto Real

  • El juez no considera delito el uso de Mioflex para el sacrificio de los animales

  • El otro encausado se halla en paradero desconocido

Colectivos animalistas protagonizaron varios actos de protesta.

Colectivos animalistas protagonizaron varios actos de protesta. / d.c.

Diez años han tenido que pasar para que la Justicia dictara sentencia en el popular juicio por el caso de la perrera de Puerto Real. Finalmente, tres de los acusados de maltrato animal continuado han resultado absueltos por el Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz al considerar que el uso de Mioflex Braun, un poderoso y barato paralizante muscular, no constituye delito punible alguno.

El tercero de los cuatro encausados en este caso, uno de los veterinarios, no pudo ser localizado en el momento en el que se celebró el juicio, en noviembre del año pasado, por lo que fue declaradoen rebeldía.

La sentencia no es aún firme pues cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial

Pero los otros tres acusados sí podrán ahora respirar tranquilos después de que el juez haya dictado sentencia absolutoria y deje en manos del Colegio de Veterinarios de Cádiz y de la delegación provincial de Sanidad la decisión sobre si la conducta de los acusados respecto a las eutanasias practicadas diera lugar a algún tipo de sanción administrativa.

La dilación en el tiempo de la celebración del juicio del caso de la perrera de Puerto Real se debió a la incomparecencia de uno de los cuatro acusados.

Cabe recordar que el fiscal solicitó un año de prisión para el propietario de la perrera, lugar en el que se localizaron los hechos denunciados por la organización animalista El Refugio, la directora y los dos veterinarios de las instalaciones, uno de ellos en paradero desconocido y declarado en rebeldía.

El juez aclara en el escrito al que ha tenido acceso este periódico que la sentencia no es aún firme porque contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

En cuanto a la acusación vertida contra los ahora absueltos de que los animales que se hallaban en El Refugio (se llamaba igual que el grupo animalista) estuvieran en malas condiciones de salubridad e higiene o en condiciones inadecuadas al normal trato animal, el juez estima que no merecen "reproche penal".

Este caso obtuvo relevancia mediática a nivel nacional al considerarse el primer proceso penal del país por maltrato animal contra los responsables de una perrera.

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