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Encuentros en la academia

Alfonso Pérez Moreno

Nuevas normas sobre costas y evaluación ambiental

S I hubiera que inventariar las nuevas normas administrativas promulgadas sólo desde enero de 2014 habría que consultar un bloque de papel de más de un metro de altura. Me referiré ahora sólo a dos materias: las costas y la evaluación ambiental.

1.- La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, produjo una profunda modificación en la ordenación anterior que algunos ya criticamos entonces por su falta de armonización de todos los intereses afectados. A lo largo del tiempo se han manifestado los desequilibrios de aquella innovación planteándose la necesidad -incluso por denuncias en el Parlamento europeo- de reformar la Ley. Este es el objeto de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas (B.O.E. 30 de mayo de 2013). Aunque entró en vigor al día siguiente a su publicación, estaba pendiente la aprobación de las disposiciones reglamentarias revisadas e innovadas para su ejecución. Este hecho ha ocurrido el día 11 de octubre de 2014 que se promulgó en el B.O.E. el Reglamento General de Costas (R.D. 876/2014, de 10 de octubre) que ocupa 118 páginas del periódico oficial. Son muchas las novedades incorporadas. En la brevedad de esta nota informativa sólo cabe resaltar que entra en plena aplicación la Disposición adicional segunda de la Ley desarrollada que ordenó a la Administración General del Estado "proceder a iniciar la revisión de los deslindes ya ejecutados y que se vean afectados como consecuencia de la aprobación de la presente Ley". El nuevo Reglamento General puede ser recurrido por los afectados ante el Tribunal Supremo hasta el día 11 de diciembre de 2014. Hay que recordar que las normas de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre el denominado "corredor litoral" están sometidas al Tribunal Constitucional.

2.- Otra de las materias que tienen una nueva regulación es la llamada Evaluación Ambiental, ordenada por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, que intenta una codificación de las dos modalidades que disciplina: la Evaluación Ambiental Estratégica de planes y programas y la Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Son técnicas que se han ido incorporando desde el ingreso de España en la Unión Europea (1986) y a impulsos de Directivas Comunitaria (Ley 9/2006). El telón de fondo de esta normativa es la relación entre naturaleza, ciencia y Derecho; la ordenación jurídica ante el azar y la incertidumbre; el juego de las presunciones, discrecionalidad técnica, conceptos jurídicos indeterminados, opciones técnicas, cautelas (ante el cambio climático). Todos los titulados con legitimación profesional para emitir DEA o DIA encontrarán en la referida "codificación" (con sus Anexos) una imprescindible información que vincula para la obtención de autorizaciones de actividades con efectos en el medio ambiente que deban garantizar un "desarrollo sostenible".

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