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La viuda de la 'duquesa roja' recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz

Liliane Dahlmann.

Liliane Dahlmann. / F.C.

Liliane Dahlmann, la viuda de Luisa Isabel Álvarez de Toledo y Maura, la 'duquesa roja', recurrirá la sentencia que la condena por apropiación indebida de 278.000 de una cuenta bancaria inglesa, porque defiende que es inocente y que el único que pudo disponer de esos fondos era su heredero universal, su hijo mayor, Leoncio Alonso González de Gregorio.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz conocida esta semana –que la condena a seis meses de prisión y a indemnizar al actual duque de Medina Sidonia con 278.678 euros– es un nuevo capítulo en la larga maraña judicial que enfrenta a los tres hijos de la duquesa de Medina Sidonia con Liliane Dahlmann, la mujer con la que convivió durante 25 años y con la que se casó poco antes de su muerte.

La actual sentencia considera que Liliane Dahlmann se apoderó de los 278.678 euros que había en una cuenta de la que ambas eran titulares. En un comunicado de prensa, José Gómez Villegas, abogado de Dahlmann, explica Dahlmann era cotitular con la duquesa de dos cuentas en las entidades HSBC de Francia y Barclays de Londres.

Tras el fallecimiento de su esposa “renunció de forma voluntaria al saldo que le correspondía en ambas cuentas” ya que el dinero había sido aportado por la duquesa. El dinero entró a formar parte del caudal de la herencia y fue adjudicado al que fue declarado su heredero universal, su hijo Leoncio Alonso González de Gregorio Álvarez de Toledo.

Renuncia expresa y de forma voluntaria

Esta renuncia consta “expresamente” en el ‘Cuaderno Particional’ redactado por las albaceas de la herencia y “a partir de ese momento mi defendida ya no podía disponer de ninguna de las meritadas cuentas, y así lo ha mantenido en todo momento”, explica el abogado.

El heredero procedió “sin problema de clase alguno” a la retirada del saldo de 110.000 existente en la cuenta del HSBC, algo que “no logró respecto del saldo en el Barclays por cuestiones burocráticas de la entidad”.

El duque quiso que fuese Dahlmann “quien facilitase” que el banco entregara el dinero, algo a lo que ella se negó porque, al haber renunciado ya de forma expresa a la cuenta, no consideraba que podía mover ese dinero, según el letrado.

Esta situación llevó al duque a promover en 2013 una querella contra la viuda que, diez años después, la ha condenado por no haber hecho estas gestiones ya que el banco pedía su autorización como cotitular. “Dicha omisión reiterada en el tiempo puede ser equiparada a una efectiva disposición en concepto de dueño”, dice la sentencia.

“El problema está que esa inicial actitud que pudiera encontrar algún tipo de comprensión, con el paso del tiempo, pese a los requerimientos, a la incoación y devenir de este procedimiento penal, etc. se ha trasmutado en una conducta delictiva”, dice el tribunal.

El abogado defensor asegura que “a partir de la renuncia al saldo de las cuentas” Dahlmann “ni ha dispuesto, ni distraído, ni gestionado las mismas”, por lo que “no se ha apropiado de cantidad alguna” y el dinero debería seguir en ella.

La única persona que podía disponer de la cuenta ante el Banco era y es su adjudicatario por el Cuaderno Particional, Don Leoncio Alonso González de Gregorio”, subraya, tras opinar que la sentencia que condena a la viuda “comete un error de interpretación respecto de las normas por las que se rigen los bancos del Reino Unido tras el Brexit”.

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