Provincia de Cádiz

"Me tendieron una trampa"

  • Alfonso Monge Castro, condenado en los 90 por los casos Mufa y Pitón, pide al Tribunal Supremo que revise su tercera condena por narcotráfico · Nuevos datos indican que alguien usó su identidad

Alfonso Monge Castro, natural y vecino de Chipiona, tiene detrás una historia que lo llevó a prisión tras dos condenas en casos sonados: fue considerado uno de los dirigentes de la organización de traficantes de hachís Mufa y luego detenido en la Operación Pitón. Eso fue en los 90. El 9 de septiembre de 2002 cayó un alijo en Rota y una investigación sobre la propiedad de la lancha que transportaba el hachís condujo a Monge Castro. La Audiencia Provincial de Cádiz lo condenó en 2004 a cinco años y cuatro meses de prisión y luego el Tribunal Supremo ratificó la sentencia. Monge Castro siempre sostuvo que él no participó en ese alijo, que le tendieron una trampa, que alguien usó su nombre en la compraventa de la embarcación. Ahora, su abogado ha presentado un recurso de revisión ante el Supremo. Además de dos informes periciales calígrafos que muestran que la firma de Monge Castro fue falsificada en el contrato de compraventa de la lancha, el letrado ha aportado nuevos datos sobre un contrato de seguro de la embarcación que apuntan en esa dirección: que alguien involucró a Monge Castro en el alijo de 1,6 toneladas de hachís capturado en Rota en 2002.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, dictada tras el juicio celebrado en abril de 2004, no ofrece dudas. La resolución da por probado que Monge Castro, condenado anteriormente en abril de 1997 y en diciembre de 2000 por tráfico de drogas, compró en julio de 2001 una embarcación tipo zodiac, semirrígida, provista de dos motores de 250 caballos cada uno, con una eslora de diez metros y una bancada de cuatro asientos que tenía por nombre Gitana Uno. La inscribió en la Capitanía Marítima de Barbate, agrega la sentencia, y limó los datos de matrícula y numeración del casco y de los motores, lo que dificultaba su identificación.

Monge Castro, afirma la resolución, usó después esa lancha, junto con otros cinco procesados, para transportar hasta las costas españolas 1.697 kilos de hachís. Una operación que fue abortada por el Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA) cuando en septiembre de 2002 observó que la embarcación se dirigía hacia la zona de Punta Candor y luego, con ayuda de la Guardia Civil y de la Policía Local de Rota, fueron detenidos cuatro vecinos de Sanlúcar y un marroquí: los cinco procesados que después se sentaron en el banquillo junto a Monge Castro.

En el juicio declaró como testigo el hombre que vendió la embarcación. La sentencia de la Sección Tercera explica, al argumentar por qué condena a Monge Castro, que esa persona reconoció en la instrucción del caso a Monge como quien suscribió el contrato de compraventa de la lancha. El tribunal señala que en el juicio, el testigo describió al comprador como otra persona distinta, corpulenta y con barba, pero los magistrado indican que no estiman verosímil esa apariencia porque nada tiene que ver con Monge Castro: ni en la que tenía en el juicio ni en la que tiene en el carné de identidad unido al contrato de compraventa.

El tribunal explica que da mayor credibilidad a la versión que mantuvo el testigo en la instrucción. Y razona: "No se presenta como el normal proceder de un vendedor que se avenga a realizar un contrato de compraventa con una persona que le entrega una documentación de identificación personal en la que hay una fotografía que no tiene nada que ver con su aspecto físico sin que ni tan siquiera le resulte extraño o le levante sospechas, como manifiesta el testigo, quien pretende hacer creer al tribunal que le pasó desapercibida la evidente diferencia entre el aspecto físico del acusado Alfonso Monge y la de la persona que según él actuó como comprador".

El abogado de Monge Castro anota en el recurso de revisión que en realidad, cuando declaró en la instrucción, al testigo le mostraron una fotocopia del DNI de Monge Castro con una foto de éste y que el vendedor de la lancha dijo que no recordaba esa cara. Dos informes periciales caligráficos coinciden en considerar falsa la firma que aparece en el contrato de compraventa de la embarcación, señala el recurso, que aporta como novedad un elemento de prueba que aleja a Monge Castro del asunto que lo tiene en prisión: un contrato de seguro de la lancha de Ocaso a nombre Monge Castro que esa entidad asegura que no conserva y en el que fue aportado un número de teléfono ajeno a Monge.

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