Tribunales Cádiz

Evita la cárcel un abogado que abusó sexualmente de una menor en Chiclana

  • El letrado confiesa que aprovechó que la víctima, de 11 años, se quedó a dormir en su casa de veraneo

Fachada de la Audiencia Provincial de Cádiz.

Fachada de la Audiencia Provincial de Cádiz. / Lourdes de Vicente

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a dos años de prisión a un abogado que abusó sexualmente de una menor de 11 años en Chiclana. El letrado evitó la celebración de la vista oral tras confesar los hechos y llegar a un acuerdo, lo que le valió una importante rebaja en la condena finalmente impuesta por el tribunal de la Sección Cuarta. La Fiscalía pedía para el acusado cinco años de cárcel mientras que la acusación particular solicitaba seis.

Asimismo, la Sección Cuarta ha suspendido la pena privativa de libertad al abogado durante tres años bajo la condición de que no vuelva a delinquir en ese periodo de tiempo. Así pues, de momento no entrará en la cárcel

La sentencia recoge como hechos probados que en agosto de 2019 el abogado disfrutaba de sus vacaciones junto a su familia en una vivienda alquilada en la localidad de Chiclana. Durante el 16 y el 18 de agosto, el ahora condenado invitó a una pareja y a sus dos hijas a pasar unos días con ellos. De hecho, precisa la resolución judicial, las menores pernoctaron en la casa de Chiclana.

El 18 de agosto, sobre las tres de la madrugada, el procesado entró en la habitación donde estaban las dos niñas, se acercó a la cama de una de ellas y aprovechó que estaba dormida para tocarla durante unos minutos. Acto seguido, el hombre abandonó la habitación, si bien regresó y volvió a realizar tocamientos a la niña en sus zonas íntimas. En ese momento, la menor se movió y el acusado se marchó. Pasados unos minutos, el encausado entró por tercera vez en el cuarto donde dormía la víctima y abusó sexualmente de ella

A consecuencia de este episodio, la chica presenta sintomatología clínicamente significativa de tipo ansioso

El condenado ha pagado ya a la perjudicada 30.000 euros en concepto de responsabilidad civil y ha consignado 6.000 euros en concepto de costas. El pago de estas cantidades ha beneficiado al procesado, ya que el tribunal de la Sección Cuarta ha aplicado la atenuante de reparación del daño a la hora de dictaminar la pena.

La resolución judicial, dictada tras un acto de conformidad, es firme.

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