Cada espectador del reñidero de El Puerto pagará entre 501 y 2.000 euros de multa
La sanción al organizador de la pelea de gallos oscilará entre 10.000 y 600.000 euros
Cada uno de los aproximadamente cien espectadores que presenciaban la madrugada del pasado sábado una pelea de gallos en el reñidero localizado por la Policía en un bar de El Puerto será sancionado con una multa que oscilará entre 501 y 2.000 euros. Los asistentes a esa actividad ilegal han contravenido la Ley de la Protección de los Animales, de 2003, que en su artículo 39 considera como infracción grave la asistencia a peleas con animales.
La multa al organizador de la pelea estará comprendida entre 10.000 y 600.000 euros por infringir la Ley del Juego de modo muy grave. El responsable del bar en el que fue descubierto el reñidero también será sancionado si es una persona distinta al organizador. La multa le caerá por consentir las apuestas.
La operación que localizó el reñidero fue realizada de manera conjunta por agentes del área de Juego y Espectáculo de la Unidad de Policía Adscrita a la Junta de Andalucía y de miembros de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) de la Policía Nacional perteneciente a la Comisaría de El Puerto.
En el establecimiento, ubicado en la calle Carmen Pérez Pascual, había 113 personas. Entre los identificados estaban los dueños de los gallos, apostantes, aficionados, encargados del pesaje de los animales y del control del tiempo y el presidente de las tientas.
La Ley 11/2003 de la Protección de los Animales prohibió las peleas de gallos con la excepción de las organizadas con el objetivo de la "selección de cría para la mejora de la raza y su exportación, realizadas en criaderos autorizados con la sola y única asistencia de sus socios".
Un año después, una resolución definió el marco legal que ampara la celebración de riñas y estableció una serie de normas. Entre ellas, que sólo las peñas o asociaciones inscritas en los registros de la Junta pueden organizar las tientas; que "no tendrán bajo ningún concepto la consideración de espectáculo público o actividad recreativa"; que los reñideros deben tener pólizas de responsabilidad civil y certificados de seguridad e higiénico-sanitario; que sólo los criadores federados pueden asistir a las riñas y que en ningún caso pueden hacerlo menores de 16 años. Las apuestas y la publicidad están prohibidas. Las peleas en el reñidero duran 25 minutos y no son a muerte. Terminan cuando un gallo "pone la pechuga en la tierra".
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