Turismo Cuánto cuesta el alquiler vacacional en los municipios costeros de Cádiz para este verano de 2024

Debate jurídico sobre el coronavirus

Excepcional alarma

  • El estado de alarma ha generado un debate entre juristas. Muchos de ellos piensan que su base jurídica no es sólida y que encubre en realidad un estado de excepción

Un perro espera a su dueño en la puerta de un supermercado

Un perro espera a su dueño en la puerta de un supermercado / Fito Carreto

¿Estamos en un estado de alarma? ¿O estamos en un estado de excepción? Ambos casos, junto al estado de sitio, que tiene que ver con una situación de guerra, y no estamos en guerra, pese a que no se cansen de repetirlo, están recogidos en la Constitución en el artículo 116. En su redacción, se pensó el estado de alarma por causas de catástrofes naturales y el estado de excepción tendría que ver más con el normal funcionamiento de las instituciones o los servicios públicos esenciales. La pandemia entra dentro del cuadro del estado de alarma pero la magnitud de la misma ha puesto en peligro tanto el normal funcionamiento de las instituciones, como los servicios públicos esenciales. Por ello, dentro del mundo jurídico se debate sobre si realmente se ha aplicado correctamente el estado de alarma tal y como está previsto en la Constitución.

Por el estado de alarma, los españoles, en aras de proteger nuestra salud, hemos acatado sin  rechistar la eliminación de dos derechos básicos, el de libre circulación y el de reunión. Eso demuestra que somos gente disciplinada, pese a que, en comparación con otros países de Europa, el Gobierno ha adoptado con nosotros una posición mucho más paternalista. Pero ocurre que la suspensión de derechos solo es posible, según la Constitución en el estado de excepción. Adicionalmente y, según la última encuesta del CIS, estaríamos incluso dispuestos a renunciar a otro derecho, el de la libre circulación de información, lo que incluye la desinformación, algo que siempre ha circulado, mucho antes de las redes sociales. Esta encuesta habla de que una mayoría de españoles estaría sólo dispuesta a recibir información oficial y contrastada, pero eso es una afirmación contradictoria. La información oficial no está contrastada. Es sólo información oficial.

Incluso nos convertimos en policías de balcón, sin que nadie nos lo haya pedido, increpando a quien vemos paseando por la calle saltándose el confinamiento. Se dictan sanciones que tienen su percha en la ley de seguridad ciudadana, una ley que el PSOE abogaba por derogar. Así, por ejemplo, uno no puede elegir el supermercado al que acude, ya que tiene que ir al más próximo a su casa. La percha legal para esta medida se encuentra en el artículo 36 de la que se rebautizó como la Ley Mordaza. En realidad, según esta ley, una persona no podría ser sancionada si el policía le indica al supuesto infractor que vuelva a casa y éste obedece, pero con el desarrollo de sanciones establecidas en el estado de alarma, sí que se ha sancionado, e incluso hay organizaciones que han denunciado el abuso uniformado. En estado de shock, todo esto nos parece muy sensato. Hace sólo dos meses no nos lo parecería y, después de casi otros dos meses de estado de alarma, empieza a haber mucha gente a la que está empezando a dejar de parecérselo.

De los tres poderes, dos prácticamente han sido suspendidos. Están abiertos los estancos, por ejemplo, desaprovechando esta magnífica oportunidad para dejar de fumar, pero no la Administración de Justicia. El Congreso ha estado tres semanas cerrado, excepto para que una minoría de diputados prorrogara los estados de alarma. Por seguridad, no acuden todos los diputados, sólo una representación de la representación, por lo que habría que preguntarse si necesitamos tanta representación. Las cosas que se están poniendo en duda son inquietantes. Al parecer, al Tribunal Constitucional sólo acude su presidente, los demás magistrados están confinados.

España, después de China, es el país que ha tomado medidas más rigurosas. Lo dice el propio presidente del Gobierno, no es una apreciación. Y de hecho, es una afirmación cierta, aunque Francia y Alemania, con medidas menos estrictas, no tengan unos números tan dramáticos como los nuestros. ¿Es exactamente esto un estado de alarma?

Luis García Ruiz, catedrático de Derecho Constitucional, tiene sus dudas sobre la aplicación correcta del estado de alarma: “No es que los derechos se hayan sometido a limitaciones, sino más bien al contrario. Se han suspendido los derechos y se hacen excepciones a esa suspensión dejando ir a comprar al mercado del barrio o sacar a tu perro. La pandemia no es culpa de nadie, en eso estamos todos de acuerdo, y hay que tomar medidas. Pero la gestión de esa pandemia sí que tiene responsables y debe someterse al escrutinio del Congreso. Si algo nos enseñó la crisis de Cataluña es que el Gobierno no es el Estado, es sólo una parte de él. Y los órganos del Estado actuaron, aunque el Gobierno lo hiciera con cierta timidez. Aquí asistimos a la exclusiva actuación del Gobierno como si fuera el Estado”.

El catedrático de Derecho Penal Juan Terradillos, no dramatiza tanto. “Las actuales restricciones por el estado de alarma reciben "muchas críticas por parte de quienes nunca criticaron la Ley Mordaza". Unas críticas que "parecen hacer entender que la única opción para estas medidas es un estado de excepción. Un estado de excepción, como el que muchos vivimos en el franquismo, implica dar poderes absolutos a la Policía, acabar con la libertad de prensa -o con la prensa que conviene-, etc". 

"El derecho que se ve más obviamente comprometido es el derecho de movilidad -apunta-, pero creo que, en esta ocasión, es de recibo hablar del principio de proporcionalidad ante esta pandemia. No somos conscientes de las alarmantes cifras de muertos que estamos teniendo todos los días, desde hace semanas". 

Otro punto, por ejemplo, sería el de las app de seguimiento y localizadores pero, para el especialista, esto no sería competencia directa del estado de alarma: "Entraría dentro de las políticas de privacidad, dependiendo. como creo que se ha dejado claro, de la autorización individual. Todo esto, teniendo en cuenta, además, que hemos estado cediendo datos sin importarnos a muchas empresas durante años". 

El asunto que se debate no es menor. En el caso de que se llegara a los tribunales, éstos tendrían que decidir sobre miles de recursos de amparo acerca de ciudadanos que consideraran que habían sido sometidos a un estado de excepción cuando, realmente, estaban en estado de alarma. En algunos hechos concretos se ha invocado ese derecho. Ocurrió cuando fue disuelta por la Policía una celebración religiosa en la Catedral de Granada “Veinte personas no pueden asistir a los oficios en una inmensa catedral, pero sí puedo juntarme con 40 o 50 en un supermercado”, ironiza García Ruiz.

El artículo 55 de la Constitución afirma que los derechos reconocidos en otros artículos anteriores, entre ellos el 19, el de libre circulación por el territorio nacional, sólo pueden ser suspendidos en un caso de estado de excepción. Otro catedrático de Constitucional, el sevillano Pedro Cruz Villalón, considera que esta situación orilla el hecho de que “el Gobierno establece el estado de alarma, pero una vez prorrogado, a los 15 días, este estado pasa a ser controlado por el legislativo”.

La seguridad jurídica se salva, ya que los estados de alarma se prolongan los sábados, se ratifican en consejo de ministros los martes, y el miércoles se llevan a un desolado Parlamento en el que a regañadientes los grupos parlamentarios los aprueban. Pero las decisiones concretas, como ahora la salida de los niños a pasear, las toma exclusivamente el Ejecutivo. Igual sucede con las futuras medidas de la llamada desescalada, que las autonomías quisieran controlar en sus territorios, pero que, de momento, serán adoptadas por el Gobierno desde Madrid. Es entonces cuándo se recuerda por qué no se cerró la zona cero de la epidemia, Madrid, cuando la expansión del virus era una evidencia. El PNV ya ha advertido que no aceptará otra prórroga del estado de alarma si no les dejan participar en las decisiones. El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno Bonilla, ha mostrado su hartazgo por conferencias de presidentes los domingos “a donde nos traen las lentejas, nos gusten o no”. En buena medida, las competencias autonómicas en áreas específicas de su gobierno están suspendidas. Es otra situación del estado de alarma prorrogado que está cogido con alfileres constitucionales.

 Otros juristas no entienden muy bien la arbitrariedad de las medidas. Por qué unas cosas sí y otras no. Nadie, por ejemplo, puede pasear por la playa de Cádiz, una ciudad con muy bajos índices de contaminación vírica. Es un espacio amplio en el que el distanciamiento social, arbitrando restricciones horarias y de espacio, es más que posible con un mínimo de control. No es lo mismo que la plaza del Callao en Madrid. Pero la playa de Cádiz tiene la misma restricción que la plaza del Callao.

La catedrática de Derecho Administrativo Mercedes Fuertes, en un artículo en la publicación del Diario del Derecho, tiene serias dudas sobre la ecuanimidad a la hora de arbitrar excepciones a los derechos suspendidos: “¿Por qué puede pasear mi vecina a sus perros mientras que mi otra amiga no puede dejar que su hijo dé dos saltos en el parque? ¿Por qué se impide sin matices de personas ni enclaves el imprescindible paseo tan necesario para mantener el buen ritmo del corazón y el movimiento de las articulaciones? ¿Por qué tantas prohibiciones en zonas llamadas blancas donde no se conoce ningún contagiado? ¿Cómo es posible que se cierren parques y jardines sin salvedad alguna? ¿No terminaremos con el virus y veremos una expansión de las enfermedades cardiovasculares y de otras de naturaleza psíquica?” Nada de esto tiene un enganche legal en ninguna parte. Ni siquiera son decisiones científicas. Son decisiones políticas que no se han discutido con nadie, salvo con lo que el Gobierno invoca como un comité científico, al que la población no tiene acceso.El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha pedido esos informas científicos varias veces, sin éxito hasta el momento.

El lentísimo dominio de la pandemia y el altísimo número de muertes en comparación con otros países, como es el caso de Suecia, que ha podido evitarla sin  grandes pérdidas y sin medidas tan drásticas como las españolas, empiezan a minar el discurso del ‘mando único’.

Juristas de todo signo llevan semanas alertando de la situación. Manuel Aragón Reyes, excatedrático de Derecho Constitucional y magistrado emérito del Constitucional, avisa que “se ha producido una exorbitante utilización del estado de alarma. La protección de la salud es una obligación de los poderes públicos, pero solo puede realizarse a través de las reglas del Estado de derecho”.  

Dentro de este debate que se mueve en ámbitos jurídicos, un magistrado que prefiere no ver reflejado su nombre manifestaba que este estado de alarma/excepción ha sido posible bajo el Gobierno de una coalición de izquierdas. “Si lo hubiera aplicado un gobierno de derechas, al fin y al cabo es un giro de tuerca de la Ley Mordaza que redactó el PP, habríamos tenido en la segunda alarma protestas en las calles”, afirma confidencialmente.

La excepcionalidad de esta alarma y la gestión de ella del Gobierno, en una situación de debilidad institucional y de apoyos parlamentarios, amenaza con una salida de la crisis con un país muy debilitado no sólo en lo económico sino también en lo jurídico en el caso de que sea cierto que durante  varios meses nos hemos encontrado viviendo fuera de nuestro estado de derecho. El derecho es la ciencia de los precedentes. Y ese precedente quedará ahí para siempre.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios