Provincia de Cádiz

Las claves del nuevo decreto del teletrabajo: ¿es voluntario?, ¿quién paga los gastos?

  • Conozca los puntos más relevantes de la nueva norma que entrará en vigor el próximo 13 de octubre

Un escenario de teletrabajo.

Un escenario de teletrabajo. / A.F.

La nueva regulación del teletrabajo, acordada con patronal y sindicatos, arrancará el 13 de octubre. Tras su aprobación en el Consejo de Ministros, el BOE publica este miércoles el real decreto-ley 28/2020 de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, donde se establece la entrada en vigor de las normas que regirán el teletrabajo en España, y cuya implantación se ha acelerado por la pandemia del COVID-19Estos son los puntos claves

  • ¿Qué se considera teletrabajo?

La nueva normativa considera teletrabajo el que se realiza mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación durante el 30 por ciento de la jornada durante un periodo de tres meses. Es decir, un día y medio a la semana. Trabajar unas horas desde casa o incluso un día entero de vez en cuando no será considerado teletrabajo, sino un elemento de flexibilidad que se reconoce a los trabajadores. 

  • ¿Es voluntario?

El trabajo a distancia será voluntario tanto para la persona trabajadora, como para la empresa y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia regulado en este real decreto-ley, que podrá formar parte del contrato inicial o realizarse en un momento posterior. El documento también integra que la decisión de trabajar a distancia desde una modalidad de trabajo presencial será reversible para la empresa y la persona trabajadora.

  • ¿La empresa tiene que pagar los gastos?

El documento obliga al empresario a pagar o compensar los gastos en los que pueda incurrir el empleado y encargarse de la dotación y mantenimiento de los medios y equipos que necesita el trabajador para ejercer su actividad a distancia, en los términos establecidos en la negociación colectiva o en el acuerdo firmado con la empresa.

De este modo, el documento dice literalmente que los convenios o acuerdos colectivos "podrán establecer el mecanismo para la determinación, y compensación o abono de estos gastos".

  • ¿El horario es flexible? 

La persona que desarrolla el trabajo a distancia podrá flexibilizar el horario de prestación de servicios establecido. Asimismo, el sistema de registro horario deberá reflejar fielmente el tiempo que la persona que trabaja a distancia dedica a la actividad laboral, sin perjuicio de la flexibilidad horaria, incluyendo el momento de inicio y finalización de la jornada.

  • ¿Se puede desconectar fuera del horario laboral?

Las personas que trabajan a distancia, particularmente en teletrabajo, tienen derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo. De hecho es obligatorio que la empresa garantice la desconexión, lo que conlleva una limitación del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso, así como el respeto a la duración máxima de la jornada.

  • ¿Tiene que firmarse un convenio? 

Las empresas deberán recoger la ley en un convenio o acuerdo colectivo en un plazo de un año o en un máximo de tres años, en caso de así acordarlo con los representantes de los trabajadores. Además,  el real decreto-ley fija la necesidad de firmar un acuerdo con el empleado que vaya a trabajar a distancia más del 30 % de la jornada semanal durante un periodo de tres meses.

  • ¿Se contemplan los riesgos laborales?

Las personas que trabajan a distancia tienen derecho a una adecuada protección en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y su normativa de desarrollo.

  • La formación de los trabajadores

Las empresas deberán adoptar las medidas necesarias para formar a las personas que trabajan a distancia para el adecuado desarrollo de su actividad tanto al momento de formalizar el acuerdo de trabajo a distancia como cuando se produzcan cambios en los medios o tecnologías utilizadas.

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