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CHICLANA

El TSJA admite a trámite un recurso de Ecologistas en Acción contra el PGOU

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción contra la orden de la Conserjería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (CMAOT) de fecha de 28 de Noviembre de 2016, por la que se aprobó definitivamente la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad. Así, la sala le da un plazo a la Junta de Andalucía de 20 días para que conteste a la demanda.

Según los ecologistas, este recurso se ha interpuesto "tras la sistemática negativa del Ayuntamiento y de la CMAOT de someter al PGOU a la preceptiva Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), y las numerosas advertencias, por escrito y en los plenos municipales, de que de seguir la tramitación del Plan con graves incumplimientos de la legislación estatal y de la UE, podría estar abocado a su anulación".

El colectivo ecologista precisa que el recurso se basa, entre otros argumentos, en la falta de dicha evaluación ambiental. De este modo, asegura que el Parlamento Europeo y la legislación estatal obligaban desde el comienzo de la revisión del PGOU a someterlo a una EAE, "lo que no se ha cumplido".

Añade que se exige a realizar antes de la confección de la propuesta de nuevo Plan "una evaluación de las necesidades del municipio, de las alternativas viables y de su incidencia ambiental. Lo que nunca se hizo. A la ciudadanía se le ha hurtado el debate sobre la determinación de las necesidades de la ciudad y de la población, y las prioridades para solucionar las graves carencias sociales", afirma.

Además, expresa que la Junta ha intentado "validar de forma fraudulenta el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que se ha seguido en el PGOU, sólo válido para proyectos pero no para planes". Los ecologistas recuerdan que el Tribunal Supremo (TS) ya ha anulado numerosos planes urbanísticos en Andalucía, entre ellos el de Marbella, "por no haberse sometido a la preceptiva EAE, o por haberse sometido a una EIA, cuando son procedimientos distintos".

El recurso también contempla que el nuevo PGOU clasifica una cantidad de suelo "que excede todo límite razonable, infringiendo las normas que aplican el principio de sostenibilidad en relación a la obligación de motivar y justificar la ocupación del suelo no urbanizable para clasificarlo como urbanizable". Asimismo, señala que el Plan General "vulnera los límites de crecimiento que estipula el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA). "El Plan General prevé la construcción de 17.190 nuevas viviendas más la legalización de otras 12.859. Estas nuevas viviendas supondría un aumento de población del municipio de 41.256 habitantes, cuando la población de Chiclana está estabilizada con tendencia regresiva", apostilla.

Con todo ello, Ecologistas en Acción indica que "el tiempo apremia, y de anularse el PGOU de Chiclana sin tener preparada la alternativa, el desastre será monumental y sólo achacable a los que han hecho oídos sordos a nuestras advertencias".

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