Provincia de Cádiz

Multa de 1.500 euros al ex jefe de la Policía de Conil por usar un vehículo robado

  • La Audiencia condena a Francisco Luis González por coger una furgoneta del depósito municipal

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado al ex jefe de la Policía Local de Conil, Francisco Luis González Fernández, a pagar una multa de 1.500 euros por utilizar una furgoneta robada que se encontraba en el depósito municipal y darle un uso personal a la misma durante un año, de noviembre de 2006 a noviembre de 2007.

Según el tribunal de la Sección Primera, González Fernández, actual subinspector jefe de la Policía Local de Conil, ha incurrido en un delito de hurto de uso de vehículo, por el que deberá abonar una cuota diaria de 10 euros durante cinco meses.

A la hora de decretar la pena, el magistrado ponente Manuel Estrella, presidente de la Audiencia, ha aplicado, de una parte, la circunstancia atenuante "muy cualificada" de dilaciones indebidas, "pues esta causa que adolece de la más mínima complejidad, ha tardado casi nueve años en tramitarse y no precisamente por razones imputables a las defensas".

De otra parte, el juez entiende que en este caso concurre el agravante de prevalimiento de funcionario público, ya que "resulta palmario que sin su condición de jefe de la Policía Local de Conil, ni tan siquiera hubiera logrado hacer uso del vehículo".

La sentencia, que no es firme, recoge como hechos probados que el 14 de abril de 2006 una mujer denunció la sustracción de una furgoneta Mercedes Benz Vito. La dueña fue indemnizada por su compañía aseguradora en marzo de 2007 al no constar como recuperado el vehículo.

Sin embargo, explica la resolución judicial, la Policía de Conil notificó el 31 de octubre de 2006 haber encontrado en estado de abandono la citada furgoneta en la calle Prado de Rey de la localidad, siendo trasladada por un gruista al depósito del Ayuntamiento conileño el 14 de noviembre de 2006.

El operario de la grúa puso en conocimiento del ex jefe de la Policía Local -su amigo- que el furgón se encontraba bajo custodia municipal, pues sabía que González quería adquirir un vehículo similar. Y pese a tener constancia de que era una furgoneta robada -figuraba como tal en la aplicación informática de la Dirección General de Tráfico- el responsable policial no advirtió a la legítima propietaria del vehículo de la recuperación del mismo, "aún siendo responsable de dicha comunicación como jefe de la Policía Local". En vez de actuar de esta forma, contando con la ayuda del gruista y aprovechándose de su condición de autoridad, Francisco Luis González sacó la furgoneta del depósito el 20 de noviembre de 2006 "con ánimo ilícito de beneficio".

La sentencia especifica que desde ese día y hasta el 26 de noviembre de 2007, el procesado "hizo un uso privatizo" del vehículo y le realizó diversas reparaciones para que pudiera circular. Sólo cuando tuvo constancia de que se había iniciado una investigación por estos hechos, llevó la furgoneta a un taller a fin de quitarle varias piezas.

En el transcurso del año en el que González disfrutó del furgón, concretamente en marzo de 2007, éste se enteró de que la aseguradora era la nueva propietaria del vehículo (tras haber indemnizado a su anterior titular con motivo de la sustracción). Entonces contactó con la compañía y, "faltando a la verdad", comunicó que la furgoneta estaba en situación de "siniestro total" y que el gruista implicado en este caso quería adquirirla, llegando a pactar un precio de 500 euros. "En ningún momento tuvieron la intención de pagar la cantidad convenida, sino dilatar lo máximo posible la restitución de la furgoneta a la aseguradora", subraya la resolución.

El gruista, acusado por la Fiscalía de cooperador necesario en esta trama, ha resultado absuelto.

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