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Provincia de Cádiz

Ecologistas denuncian ante la Fiscalía a tres ayuntamientos por verter aguas residuales "sin depurar"

  • Ecologistas en Acción añaden que los ayuntamientos de Benaocaz, Trebujena y San José del Valle han "hecho caso omiso a los continuos requerimientos de la Administración competente"

Ecologistas en Acción ha solicitado al Ministerio Fiscal su actuación ante el presunto delito que estarían cometiendo los ayuntamientos de Benaocaz, Trebujena y San José del Valle por "verter todas sus aguas residuales a cauce público sin la más mínima depuración, de forma continuada, dolosa y haciendo caso omiso a los continuos requerimientos de la Administración competente". 

En la denuncia, Ecologistas en Acción considera que, con este proceder, los ayuntamientos señalados estarían infringiendo la obligación que impone el Real Decreto Ley 11/1995, de 28 de diciembre y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, por los que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. 

Además, señala que en cumplimiento de la Directiva europea 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, todos los municipios de más de 1.500 habitantes están obligados a depurar sus aguas residuales desde el 1 de enero de 2006. 

También argumenta que está en plena vigencia el Plan Nacional de la Calidad de las Aguas, con una financiación de 19.500 millones de euros para que los municipios que carezcan de saneamiento puedan construir las necesarias Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales, y la Agencia Andaluza del Agua, unificada en la actualidad con la empresa pública Egmasa, tienen también líneas financieras para sufragar los costes de la construcción de las plantas de tratamiento del agua.

Sin embargo, estos ayuntamientos "han hecho caso omiso de esta obligación legal, continuando con los vertidos sin el más somero tratamiento". Según indica, la "persistencia" de estos supuestos vertidos a la cuenca del río Guadalete por parte de Benaocaz y San José del Valle, y a la cuenca del río Guadalquivir en el caso de Trebujena, estaría suponiendo "un atentado ecológico tipificado como tal en la Ley Orgánica 10/95, de 23 de noviembre, Código Penal, artículo 325, al representar un peligro para los ecosistemas naturales y para la salud humana".

El colectivo ecologista señala, además, como responsables de la supuesta infracción al alcalde y al concejal de Medio Ambiente de cada municipio denunciado, en cuanto que son las personas que ostentan las competencias sobre el tratamiento de aguas residuales y protección del medio ambiente y la salud pública que corresponden a los municipios por la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local. 

Así, expone que "entendiendo que los hechos relatados pueden ser constitutivos de un delito contra el medio ambiente", se presenta la denuncia a fin de que el Ministerio Fiscal practique las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la concreción de las posibles responsabilidades penales y civiles en relación a los denunciados. 

Entre otras actuaciones, reclaman el examen de las analíticas y mediciones, así como de los informes periódicos de los que dispone la Agencia Andaluza del Agua y efectuados por la empresa Egmasa hasta su unificación. 

 

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