La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado este viernes que las inscripciones de nacimientos en el Registro Civil que se encuentran dentro del plazo perentorio no están afectadas por la declaración del estado de alarma como consecuencia de la emergencia sanitaria del Covid-19 y, por tanto, deberán seguir practicándose. No ocurre lo mismo con los expedientes de inscripción que están fuera de plazo, que deben entenderse suspendidos.
La Comisión Permanente recuerda que la inscripción de los nacimientos es una de las actuaciones que no quedan suspendidas ni por el Real Decreto 463/2020 de declaración del estado de alarma ni por el acuerdo adoptado el pasado 13 de marzo por el CGPJ, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado, que expresamente señala que el Registro Civil deberá asegurar “las inscripciones de nacimiento en plazo perentorio”.
De otra parte, el Consejo General del Poder Judicial ha incluido entre los servicios esenciales de la jurisdicción social los procesos relativos a derechos de adaptación del horario y reducción de jornada.
Comentar
0 Comentarios
Más comentarios