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Provincia de Cádiz

Crean una ordenanza para poder regular la instalación de terrazas

  • Pretende ordenar la ocupación de la vía pública por sillas y mesas en los bares y restaurantes locales

El Ayuntamiento de Medina Sidonia ha aprobado una nueva ordenanza que ofrece un marco normativo local, que hasta ahora no existía, para la ocupación de la vía pública por parte de los establecimientos hosteleros del municipio para la instalación de sus terrazas y veladores, además de mesas, sillas y parasoles. La nueva ordenanza ha sido aprobada inicialmente con los votos a favor de IU y las abstenciones del PSOE y del PP.

La ordenanza pretende, según apunta el Consistorio, es "potenciar la hostelería local dotando a la ciudad de un marco regulador para la mejora de la calidad de los servicios hosteleros en el término municipal y especialmente en los ubicados en el conjunto histórico asidonense, asegurando además el correcto uso de los espacios públicos por todos los agentes implicados, es decir, comerciantes, vecinos y viandantes".

En cuanto a las condiciones de tipo estético, la nueva ordenanza estipula en relación al diseño, los materiales o los colores de los elementos que componen los veladores, de tal manera que se correspondan con las características del entorno en donde se ubican.

La ordenanza regula también aspectos como la prohibición de colocar publicidad, salvo en los faldones de los parasoles o toldos que forman parte de los veladores y la colocación de carteles, como listas de precios, que deberán situarse en los paramentos de la entrada de los locales.

La nueva norma prohíbe explícitamente la colocación en las terrazas de neveras, máquinas expendedoras de productos, máquinas de juegos o cualquier otro elemento característico de la actividad que el establecimiento desarrolla, en beneficio del ornato público y la defensa de los valores históricos y artísticos de la ciudad. Queda prohibido también la colocación de mostradores o barbacoas, así como equipos audiovisuales o grupos musicales en directo, salvo en el caso de la celebración de fiestas tradicionales, con expresa autorización municipal. La ordenanza regula también el límite horario para la expedición de bebidas o comidas por parte de establecimientos públicos para su consumo en terrazas.

El Consistorio ha establecido un periodo transitorio que permita la aplicación de la norma de manera progresiva, estableciéndose para ello un calendario por fases y por zonas para que, paulatinamente, los establecimientos hosteleros de la ciudad puedan ir adaptándose a la misma.

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