Provincia de Cádiz

Condenados 3 estonios por un alijo de hachís capturado frente a Roche

  • La Audiencia Provincial rechaza considerar el caso de extrema gravedad por uso de buque

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a penas que van de 3 años y 9 meses de prisión a cuatro años a tres acusados de participar en el transporte de un cargamento de hachís del que fueron recuperados 132 kilos y que fue capturado por Vigilancia Aduanera en junio de 2008 a unas diez millas al sur de Cabo Roche. La sentencia rechaza considerar el caso como de extrema gravedad, lo que incrementaría las penas, porque, argumenta, la cantidad de hachís es claramente inferior a lo acordado por el Tribunal Supremo para ese supuesto y porque las dos embarcaciones utilizadas quedan excluidas del uso de buque.

Los condenados son Teet Lumieste, Karilaid Aivar y Martin Ajaots, los tres ciudadanos de Estonia, los dos primeros sin antecedentes penales y el tercero condenado por un delito contra la salud pública a nueve años de prisión en agosto de 2000.

La resolución de la Sección Tercera, de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Grosso, explica que los procesados fueron sorprendidos por un helicóptero de Vigilancia Aduanera cuando desde una embarcación tipo pesquero transformada en yate, de nombre Alkivon y que navegaba sin pabellón, traspasaban fardos de hachís a una neumática. En el yate se encontraban Lumieste y Aivar. En la semirrígida, Ajaots. La resolución indica que esa lancha fue interceptada más tarde por patrulleras y que el ocupante intentó desprenderse del hachís y lo arrojó al mar pero que los agentes lograron recuperar cinco fardos que contenían 132 kilos.

La otra embarcación, señala la sentencia, fue localizada a unas siete millas del Cabo de Trafalgar y a bordo estaban los otros dos acusados.

El tribunal argumenta en la sentencia que la neumática debe ser descartada sin más razonamientos de la agravante de uso de buque (el Supremo excluye expresamente las lanchas motoras, semirrígidas o zodiacs). Las características completas de la otra embarcación no aparecen definidas en el atestado, señala la sentencia, y "por sus dimensiones e incluso por la transformación operada, no parece que reúna las características de capacidad, potencia y navegación exigidas ni se presenta como indicio de una especial capacidad organizativa de los acusados".

El fiscal solicitó cuatro años de prisión para los dos acusados sin antecedentes y cuatro años y medio para el otro. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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