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Condenado 14 años después por lesionar a un joven que perdió un ojo

La Audiencia le impone dos años y medio de cárcel El retraso del proceso y la atenuante de drogadicción rebajan la pena

Imagen de archivo de la antigua discoteca Áttica en Chiclana.
Imagen de archivo de la antigua discoteca Áttica en Chiclana.
Julia Alarcón Cádiz

11 de junio 2015 - 05:01

Los hechos que dan lugar a este caso tuvieron lugar en el año 2000. Un joven islandés se encontraba en la puerta de una discoteca de Chiclana cuando fue agredido por otro joven, D.J.A.B., quien le arrojó un vaso de cristal, causándole la pérdida del ojo derecho. Catorce años después de esta agresión, la Audiencia Provincial de Cádiz ha dictado sentencia: D.J.A.B ha sido condenado como autor de un delito de lesiones a dos años y seis meses de prisión.

La sentencia de la Sección Primera recoge como hechos probados que la víctima se encontraba en España, junto a otros compañeros de su misma nacionalidad, alojado en uno de los hoteles próximo a la playa de La Barrosa con motivo de una pretemporada de fútbol.

El día 16 de abril del año 2000 el grupo decidió acudir a la discoteca Áttica ubicada en la urbanización Los Gallos de Chiclana sobre las 2:20 de la madrugada.

Según la resolución judicial, al salir del establecimiento, sobre las 4:00 horas, el procesado D.J.A.B. quitó una gorra con visera a uno de los miembros de la pandilla y un vaso que portaba en la mano a otro, alejándose momentáneamente de ellos. Acto seguido, mientras el grupo esperaba la llegada de un taxi para regresar a su hotel, D.J.A.B. volvió a acercarse a los jóvenes y, "con ánimo de atentar contra su integridad física", les lanzó el vaso de cristal, impactando en la cara del chico islandés.

A consecuencia de tales hechos, el agredido sufrió una herida inciso contusa en la región periorbitaria derecha con afectación del globo ocular, precisando una primera intervención de urgencia en el Hospital Universitario de Puerto Real a fin de reparar la perforación. Tras esa primera operación, los especialistas determinaron que era necesario llevar a cabo la enucleación del ojo afectado para evitar así la ceguera del ojo sano. Se procedió entonces al traslado de la víctima a su país de origen para someterse a dicha intervención quirúrgica.

Una vez allí, explica la sentencia, el joven fue operado en varias ocasiones, pues se comprobó que aún contaba con restos de vidrio en el interior del globo ocular, perdiendo la visión completa del ojo derecho.

Fiscalía pedía para el procesado una pena de cinco años de cárcel aunque finalmente ha sido condenado a dos y medio. Entiende el tribunal que concurren dos atenuantes: la muy cualificada de dilaciones indebidas y la simple de drogadicción. Así, la sentencia especifica que "el retraso en la tramitación del procedimiento en ningún caso es imputable al acusado, lo que por otra parte reconoce la propia acusación pública", sin que se ofrezca más información de la demora de este juicio que ha tardado 14 años en celebrarse. Asimismo, la Sala ha estimado "el diagnóstico de politoxicomanía" del procesado, "que entre 1997 y 2006 estuvo en tratamiento" con diferentes periodos de mayor o menor adherencia a las drogas.

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