Provincia de Cádiz

Condenado a 14 años de cárcel por una doble violación en San Fernando

  • El procesado ofreció trabajo a la víctima para aprovechar los momentos en los que se quedaba a solas con ella En la primera denuncia la mujer obvió la identidad del agresor por miedo

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a un hombre por cometer una doble violación en San Fernando, una en el verano de 2012 y otra en el de 2013. El juez ha dictaminado la pena de 14 años de prisión por sendos delitos de agresión sexual.

La sentencia, que no es firme y está recurrida en casación, contempla como hechos probados que el procesado había conocido a su víctima por coincidir asiduamente con ella (y con otras personas de la "pandilla") en un parque de ocio infantil de La Isla al que acudía casi todos los días en compañía de su hijo de corta edad. Ambos intercambiaron sus números de teléfono, refiriéndole ella al ahora condenado -que trabajaba como peón de la construcción en ese momento- que la llamara si conocía de alguna faena para limpiar, pues su núcleo familiar estaba atravesando estrecheces económicas.

Apunta la resolución judicial que el 4 de julio de 2012 el agresor ofreció a la mujer un trabajo de limpieza en el interior de un edificio que éste estaba reformando en la localidad isleña, a lo que ella accedió subiéndose en ese mismo instante a la furgoneta que el hombre conducía para trasladarse juntos al domicilio en obras y conocer las estancias a adecentar.

En unas de las habitaciones, el sujeto, con ánimo de satisfacer su apetito sexual, violó a la mujer empleando la fuerza. A pesar de su oposición, ésta no pudo evitarlo.

Aproximadamente un año después, el 16 de agosto de 2013, el agresor se comunicó por whatsApp con su víctima ofreciéndole nuevamente un trabajo de limpieza en una vivienda de San Fernando que estaba rehabilitando a cambio de 60 euros. La mujer acudió al inmueble para desempeñar sus tareas cuando el individuo la violó otra vez. Ella consiguió desembarazarse de su atacante propinándole un golpe en el estómago. Cuando intentó escapar de la casa, la puerta estaba cerrada con llave y le suplicó al violador que le abriera. En ese momento la mujer recibió una llamada de su marido, ante lo cual el procesado abrió el pestillo al tiempo que decía "perdóname", "quiero seguir viéndote", "no puedo perder la amistad tuya".

La damnificada sufrió diferentes lesiones físicas y psíquicas a raíz de sendos episodios, tal y como acreditan los informes forenses.

Según recoge la sentencia, el perfil biográfico y psicológico de la víctima puede explicar algo tan en apariencia insólito como el aceptar acompañar a su antiguo agresor y con la misma promesa a un lugar de parecidas características, confiando en que, en esta ocasión, nada ocurra y en un intervalo de tiempo de algo más de un año.

En el informe psicológico forense se recogen episodios de la biografía de la mujer "ciertamente traumáticos" previos a los hechos que ahora se enjuician. En 1993 constan en su historial clínico lipotimias relacionadas con sobrecarga emocional y neurosis de ansiedad; en 1999, síndrome depresiva; cuando tenía 18 años fue violada por su pareja y los amigos de ésta. Además sufrió malos tratos por parte de su padre. Todo ello propicia un perfil "de pronunciada vulnerabilidad" en la persona, que no sabe gestionar sus problemas y conflictos.

La Sala considera que el testimonio de la agredida es "fiable y sólido, sin contradicciones y potente". No se aprecia ningún interés de rédito económico; tampoco ánimo de venganza. Prueba de ello es que en la primera violación la mujer denunció los hechos ocultando la identidad del agresor, pues temía perjudicar a su marido, militar; además, padeció trastornos de ansiedad con sentimientos fóbicos y de vergüenza e ideas delirantes de naturaleza persecutoria. En cuanto a la segunda violación, nunca estuvo en el ánimo de la víctima denunciar ese episodio, si bien su esposo insistió en presentar la demanda cuando vio el estado de gran alteración en el que se encontraba ella.

Respecto a la agresión sexual de agosto de 2013, se halló "perfil genético" del procesado en una de las prendas que llevaba la mujer. Así lo determinó él laboratorio de biología de la Brigada Provincial de Policía Científica, entre otras corroboraciones periféricas de carácter objetivos tales como los informes forenses de varios psicólogos.

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