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Provincia de Cádiz

Condenado por agredir sexualmente a una joven de 14 años en La Janda

  • La Audiencia impone al procesado 11 años de prisión y el pago de 30.000 euros

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 11 años de prisión a un acusado de agredir sexualmente a una joven de 14 años de edad en una población de La Janda. También lo condena a indemnizar a la víctima con 30.000 euros. La sentencia, que no es firme, ve probado que el procesado y dos menores obligaron a la chica a hacerles una felación a cada uno pese a que ella se oponía, que la forzaron a ponerse de rodillas e impedían que se levantase y la sujetaban por la cabeza y los hombros. Los dos menores fueron juzgados hace tiempo por estos hechos y el juez impuso a cada uno cuatro años de internamiento más dos años de libertad vigilada, complementada con asistencia educativa y sometimiento a tratamiento para infractores contra la libertad sexual.

Los hechos sobre los que se pronuncia la sentencia de la Sección Cuarta, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Ángel Feliz, sucedieron en julio de 2008. La menor que denunció la agresión sexual y una amiga estaban de fiesta y se acercaron a un lugar para orinar. Fue entonces cuando, según relata la resolución, el procesado y sus amigos las siguieron y luego se llevaron a una de ellas a una zona apartada, donde la agredieron.

El procesado dijo en el juicio que tuvo relaciones sexuales con la menor pero consentidas. Previamente sostuvo otras versiones ante la Policía y ante el juez instructor. El tribunal alude a la "disparidad de manifestaciones" del acusado al explicar que no da credibilidad alguna a su testimonio "meramente exculpatorio".

El tribunal destaca en cambio en la sentencia que la versión de la víctima "reviste mucha mayor credibilidad objetiva y subjetiva que las manifestaciones contradictorias del acusado". Y señala que se trata de una versión "sustancialmente idéntica en sus declaraciones ante la Policía y ante el Juzgado instructor" y también corroborada por los informes forenses, por el psicológico y por la declaración de la otra joven.

No existe causa, motivo o razón que pueda justificar en una persona normal la formulación de una denuncia falaz, sin objetivo alguno y provocando la imposición a un inocente de una pena que supera los diez años de prisión, señala la sentencia. El relato de hechos de la víctima, anota, guarda desde sus primeras manifestaciones "absoluta" sintonía y unidad argumental. Queda acreditado, agrega, que el acusado agredió sexualmente a la menor "empleando fuerza y violencia".

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