La Audiencia ordena demoler una casa ilegal y rechaza tirar otra

Una tercera sentencia desestima el recurso de su propietaria contra el derribo de otra vivienda, ésta ubicada en Sanlúcar, que fue acordado por un juez de lo Penal

Demolición de una vivienda ilegal en Chipiona en septiembre de 2008.
Demolición de una vivienda ilegal en Chipiona en septiembre de 2008.
Redacción / Cádiz

01 de junio 2012 - 05:01

Tres sentencias dictadas por la Audiencia Provincial de Cádiz abordan de nuevo el polémico asunto del derribo de viviendas ilegales acordado por tribunales que juzgan delitos contra la ordenación del territorio. Un resolución revoca una sentencia y ordena demoler una vivienda porque estima que se encuentra en un terreno en el que predominan los usos agrícolas. Otra sentencia rechaza derribar una vivienda ilegal ubicada en Chipiona porque considera que la medida es desproporcionada. Y una tercera resolución desestima el recurso de la propietaria de una casa ilegal de Sanlúcar contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal que ordenó el derribo.

La sentencia que revoca otra del Juzgado de lo Penal número 4 de Cádiz es de la Sección Primera de la Audiencia. Su ponente es el magistrado Francisco Javier Gracia Sanz. El juez condenó al propietario de la casa a seis meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio y rechazó la pretensión del fiscal de ordenar en la sentencia que fuese derribada la vivienda ilegal.

El fiscal presentó un recurso contra esa decisión y la Audiencia lo ha estimado. En los hechos probados, la nueva sentencia incluye una nueva versión acerca de la situación que ocupa la vivienda. Está enclavada, dice, en un terreno en el que predominan los usos agrícolas de regadío. La resolución explica que en este caso, "en absoluto estamos ante una construcción ilegal que forme parte de un entramado de construcciones que de ipso constituya un núcleo consolidado de población".

Basta echar un vistazo a las fotografías aportadas a la causa, agrega el tribunal, para ver que es palmario y evidente que prevalece claramente el carácter rural y agrícola de la zona.

Una segunda sentencia aborda un recurso también presentado por el fiscal, en este caso contra una resolución del Juzgado de lo Penal número 1 de Cádiz que condenó al propietario de una vivienda ilegal construida en Chipiona y que también rechazó incluir el derribo. La respuesta es de la Sección Cuarta de la Audiencia. Su ponente es el magistrado Miguel Ángel Feliz.

La sentencia explica que la vivienda en cuestión se halla en una zona ocupada por otras numerosas casas de similares características a la del acusado y en la misma situación de irregularidad. Y que esa zona tiene servicios que le dan un aspecto propio de una zona urbana. Ante esas circunstancias, el tribunal considera que acordar la demolición en vía penal "se antoja desproporcionado, como recientemente se ha decidido por esta Audiencia en pleno".

Una tercera sentencia, también de la Sección Cuarta y con el mismo ponente que la anterior, desestima el recurso de la dueña de una casa ilegal ubicada en Sanlúcar, en la Colonia de Monte Algaida, contra la resolución del Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz que ordena derribarla.

La propietaria de la vivienda alegó que junto a la suya hay numerosas casas, que la zona está densamente poblada y que allí no ha habido demoliciones.

La Audiencia le responde que la vivienda no se encuentra en un verdadero núcleo de población medio consolidado, caso en el que sí podría estimarse que no es lógico ni comprensible acordar judicialmente la demolición. Este supuesto, señala la nueva sentencia, "no es predicable de la zona geográfica que ahora nos ocupa".

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