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España

El TS prohíbe a la Generalitat incentivar el voto a través de campañas institucionales

El Tribunal Supremo (TS) ha prohibido a la Generalitat de Cataluña, en una reciente sentencia que confirma un dictamen en ese mismo sentido de la Junta Electoral Central, la incentivación de la participación ciudadana en procesos electorales, ya que las leyes exigen la neutralidad de los poderes públicos en ese ámbito.

La sentencia del Alto Tribunal se refiere a la campaña para las elecciones autonómicas de Cataluña que se celebraron en noviembre de 2012 y alude únicamente a los procesos electorales regulados por la Constitución y la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg). Ambas normas, según la interpretación del alto tribunal, obligan a un "un marco institucional de neutralidad en el que el ciudadano pueda con absoluta libertad, sin interferencias de ningún poder público, decidir los términos y el alcance de su participación política, asumiendo voluntariamente cualquiera de las opciones posibles a este respecto, incluida entre ellas la abstención".

La portavoz de Ciutadans (C's) en el Parlament, Carina Mejías, celebró que el TS haya confirmado la sentencia que prohíbe a la Generalitat realizar campañas institucionales para incentivar el voto en las elecciones y referendos que se celebren en Cataluña. Su portavoz parlamentaria, Carina Mejías, indicó que "ante el abuso de poder del presidente de la Generalitat, Artur Mas, y su aventura rupturista, siempre queda la justicia", y añadió que "se estrecha, una vez más, el cerco al desafío separatista de CiU".

El presidente del PSC, Ángel Ros, aseguró ayer por su parte que si no hay consulta soberanista el 9-N la "frustración" que prevé que surja en Cataluña "puede llevar al populismo" e instó l Gobierno a "mover ficha" rápido o ni siquiera una reforma federal servirá de salida.

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