El cencerro no es instrumento
Los componentes de la chirigota de Los Molina, 'Pa religión la mía', respiraban anoche tranquilos tras casi 24 horas de tensión. El jurado oficial les comunicaba que retiraba la penalización por utilizar un cencerro en el segundo de sus cuplés, una falta grave que traía como consecuencia primera la no puntuación de esa pieza esencial de la chirigota pero a larga su casi descarte para pelear por los premios o incluso seguir vivos en el certamen. La razón: la RAE no contempla el cencerro como instrumento.
Los miembros del jurado se basaron para la sanción en el incumplimiento del artículo 3.1 del reglamento del COAC, que establece que los componentes de las chirigotas podrán acompañarse únicamente de bombo con sus respectivos platillos, caja, un máximo de dos guitarras españolas y pitos carnavalescos, siendo éste último opcional. El punto explica que dichos componentes podrán usar otros instrumentos musicales, aunque sólo serán admitidos en la presentación, estribillos y el popurrí. Eso esta tipificado como falta grave y supone que no se puntúe la pieza en la que se ha utilizado.
Sin embargo, el jurado aceptó anoche la reclamación de los chirigoteros que, según contaba su representante legal Fernando Jurado, recurrieron a un abogado para elaborar un documento de tres páginas con sus argumentos. Básicamente, el tribunal contempló que la Real Academia de la Lengua no contempla en ninguna de sus acepciones que sea un instrumento musical y el jurado, "tras un amplio y contrastado debate al respecto", ha aceptado esta interpretación pese a que a su juicio es "un instrumento de percusión utilizado en el ámbito sinfónico desde antiguo" y "en partituras por compositores de la talla de Gustav Mähler o en la Sinfonía Alpina de Richard Strauss".
En la reclamación, la agrupación ha puesto de relieve que existían al menos dos precedentes de uso parecido de objetos musicales. Según los jueces "han intentado interpretar el reglamento a favor de las agrupaciones dada la abundante casuística que escapa a la consideración de las bases y la ambigüedad de algunos epígrafes que tiene que hacer cumplir", argumentando que no sancionara a grupos que han utilizado cocos o claves, por ejemplo. De hecho, desde el jurado ha pedido al Patronato y Fiestas a que especifique para el futuro en las bases qué se considera específicamente instrumentos musicales.
"No vea el día que llevo. Hemos presentado nuestra alegación desde nuestra más buena intención y sin hacer daño a nadie y estamos contentísimos", respiraba tras conocer el fallo el representante legal de 'Pa religión la mía'.
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