Sentencia por el ataque sexual de la Manada de Villalba

Quince años de cárcel a un técnico de Aguas de Cádiz por agredir sexualmente a una joven en Madrid

  • Lideró el ataque de la conocida como 'Manada de Collado Villalba'

  • La empresa municipal le ha suspendido de contrato, pendiente de la sentencia definitiva

Una imagen del juicio celebrado en Madrid

Una imagen del juicio celebrado en Madrid / EFE

Ricardo  A. M., jefe de la Oficina Técnica de Aguas de Cádiz, se encuentra en prisión tras ser condenado a quince años de prisión como responsable de un delito continuado de agresión sexual. El detenido formaba parte de la conocida como 'Manada de Collado Villalba', que en la medianoche del 13 de marzo de 2015 y en Madrid, tras solicitar a una joven favores sexuales, a los que ella se negó, la obligaron a practicarlas una felación, bajo la amenaza de no dejarla salir del piso al que el grupo, formado por tres hombres, le había conducido.

Junto a la condena de cárcel, que no es firme pendiente de recurso aunque los acusados ya están en prisión, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a los tres a una medida de libertad vigilada, por un periodo de siete años, que empezarán a cumplir una vez hayan cancelado la pena privativa de libertad.

La detención y entrada en prisión de Ricardo A. M. cayó como una auténtica bomba el pasado miércoles en su trabajo, en la empresa municipal de Aguas de Cádiz. Fue el martes por la tarde cuando en la sede de la compañía se recibió una llamada de la hermana del detenido, y un posterior burofax, en la que ésta informaba de la entrada en prisión de su hermano.

De forma inmediata, Agua de Cádiz procedió a suspender el contrato de A. M.. Es una suspensión temporal, a la espera de que la sentencia sea firme, cuando se adoptarán las medidas laborables prevista por la legislación. La empresa ha solicitado un informe jurídico para actuar de acuerdo con la legalidad.

Ricardo A. M. accedió a la plantilla de Aguas de Cáiz como técnico de redes hidráulicas en 2016 mediante un concurso gestionado por una empresa externa, cuando ya se había cometido el delito juzgado en Madrid. Hace unos dos meses fue ascendido a jefe de la Oficina Técnica. Su trabajo era especialmente valorado y tenía una cualificación muy alta dentro de su sector.

La entrada en prisión, y el conocimiento de los hechos cometidos, según la sentencia, por Ricardo A. M. ha supuesto una "sorpresa mayúscula" entre sus compañeros, reconocieron ayer a este diario desde la propia compañía pública. "Estamos hechos polvo y muy apenados", ya que tampoco había trascendido su implicación en este suceso.

En la sentencia se destaca que la joven atacada ya conocía a Ricardo A. M., con quien había mantenido alguna relación de carácter previa con anterioridad a los hechos denunciados.

La sentencia es contundente. Se constata que los acusaron llevaron a la joven "a un piso y de manera premeditada la sitúan en uno de los dormitorios con el único propósito de satisfacer sus deseos, fuera con el consentimiento de ella o sin el".

Y sigue la sentencia: "Partiendo de que las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los procesados sin el libre consentimiento de la víctima, que se negó de forma reiterada ante la insistencia de los acusados, concurrió intimidación, pues ella se vio acorralada ante la presencia de los tres individuos, en un sitio cerrado, una habitación con baño, y actuó ante el temor de que pudiera pasarle algo y en la creencia de que no iba a salir indemne de allí sin haber satisfecho los deseos sexuales de los procesados".

Se destaca que la joven intentó conseguir la ayuda de Ricardo A. M.. Le pidió auxilio a cambio de una felación, lo que ha decir de la sentencia revela "la situación de angustia, miedo, vulnerabilidad e indfensión en la que se encontraba".

Sin embargo, A. M. le engañó "al dejar vía libre a los otros dos". La joven vio que no tenía escapatoria "y amparados en dicha intimidación, ejecutó cada uno de ellos un acceso carnal inconsentido, aprovechando la coacción ejervida por todos, intercambiando los papeles, llevando a cabo la penetración bucal uno, mientras intimidaban los otros dos".

Esta relación de Ricardo A. M., natural de la provincia de Madrid y ya en la treintena, lleva a los autores de la sentencia a apreciar una mayor culpabilidad "por la posición de garante que tenía frente a la víctima. Fue la persona que había mantenido encuentros sexuales con la joven cada vez que se veían y que conocía la influencia que en este sentido ostentaba sobre ella, y amparado en este hecho no tuvo problema alguno, moral, ético o de otro tipo, para engañarla haciéndole creer que si accedía a llevar a cabo una acción sexuale a que en otras ocasiones se había negado, la llevaría a su casa".

Y constata la sentencia que sin Ricardo A.M., que "ni la miraba ni la contestaba" cuando ella reclamaba su ayuda, la víctima no habría quedado a quedar esa noche con ellos.

Los tres procesados han sido condenados también al pago, cada uno de ellos, de 30.000 euros, ante los graves daños morales y las consecuencias psicológicas sufridas por la joven.

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