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El SAS indemniza a un paciente por un retraso en el hospital

Percibirá 6.000 euros al tener que volver a operarse una mano por no ser citado a rehabilitación

Rosa Romero / Cádiz

24 de mayo 2009 - 01:00

Tardaron tanto en llamarle para rehabilitación, cerca de cuatro meses, que ésta ya no era posible: había que volver a operarle.

El propio Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha entonado el mea culpa y ha reconocido que "no hubo un proceso asistencial correcto" en el caso de un paciente de Cádiz que había sido operado en el Hospital Puerta del Mar de la enfermedad de Dupuytren, que produce la retracción del quinto dedo de la mano izquierda en forma de garra.

La Dirección Gerencia del SAS ha estimado la reclamación administrativa presentada por el vecino afectado, Juan José P.R., contra el retraso injustificado en citarle para ser sometido a rehabilitación de la mano operada, lo que a la postre provocó que tuviera que ser reintervenido quirúrgicamente exactamente de lo mismo.

Las conclusiones del dictamen del facultativo del Servicio de Aseguramiento y Riesgo del SAS son "demoledoras", tal como apunta el Defensor del Paciente.

Y es que, en la resolución que ha atendido la reclamación, tramitada por el abogado gaditano José Luis Ortiz Miranda, se recoge textualmente que "tras un exhaustivo estudio de la historia clínica del paciente, este órgano instructor considera que la prestación sanitaria dispensada no se ajustó totalmente a la buena praxis médica, entendiendo que efectivamente no hubo un proceso asistencial correcto respecto a la rehabilitación, existiendo un retraso en la misma".

Juan José había sido intervenido hace 16 años de la mano izquierda, al tener el quinto dedo afectado de la enfermedad de Dupuytren, cuando volvió a acudir con esta misma dolencia al Puerta del Mar. Era el mes de septiembre de 2005. Y en el hospital le plantearon una nueva intervención quirúrgica dado el estado de su dedo (en resorte y con una flexión de 70 grados). No es hasta el 31 de marzo de 2006 cuando es operado, realizándose la intervención "sin incidencias", según el dictamen del SAS.

Siguiendo con su historia clínica recogida en la determinación oficial de la Junta, el 24 de abril de 2006 es visto en consultas de rehabilitación, "donde ya acude con un nuevo flexo irreductible de 30 grados". Es entonces cuando le prescriben la rehabilitación.

"Por razones que esta parte desconoce -se apunta en la resolución del SAS- desde abril que se le prescribe la rehabilitación, no recibe la cita para su iniciación hasta el mes de agosto". De ahí que consideren que "efectivamente no hubo un proceso asistencial correcto".

Por ello, el Servicio Andaluz de Salud accede a la reclamación, dando vía libre al pago de una indemnización "al existir relación de causalidad entre la asistencia y el daño reclamado". La estimación es parcial, dado que el reclamante solicitaba 9.000 euros, y percibirá 6.064,80 euros, que es la cantidad que estipula el SAS que le corresponde por los 114 días que sufrió de incapacidad temporal. Con todo, desde la gerencia sanitaria se apresuran a puntualizar que no se puede asegurar que la rehabilitación, si se hubiera producido en tiempo y forma, hubiera evitado la evolución posterior que el paciente tuvo. Pero nadie explica el por qué de ese retraso que ha provocado que Juan José tenga que ser otra vez operado.

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