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Desestiman una demanda de la plantilla de Emasa contra la empresa

Los trabajadores pedían recuperar el régimen de días libres y vacaciones anterior a 2012

P-M.d. Cádiz

18 de enero 2015 - 01:00

La plantilla de la empresa municipal de aparcamientos, Emasa, acaba de ver rechazada una demanda que había presentado a raíz de la aplicación en el año 2012 del Real Decreto que regulaba el régimen laboral. En concreto, los trabajadores volvían a pedir el sistema de días de permiso y vacaciones anterior a esta nueva regulación, así como rechazaban la ampliación de la jornada laboral en relación a un cómputo anual que hace la empresa.

Entre los cambios producidos, se encontraba la pérdida de la reducción de jornada en una hora durante el verano, la Navidad y la Semana Santa; la pérdida de los días de vacaciones que al coincidir con la libranza en el cuadrante de trabajo se sumaban antes (algo que en Emasa ya se consideraba innecesario puesto que el período de vacaciones se había establecido ya en 22 días laborables); la pérdida del día del patrón (que al carecer del mismo Emasa se tomaba el viernes más cercano a la fecha de fundación de la empresa); o la pérdida también de un día adicional de libranza por cada festivo trabajado (es decir, dos días libres por cada festivo trabajado).

Todo ello ha sido desestimado por el Juzgado de lo Social número 3 de la capital, rechazando así la demanda interpuesta por los trabajadores, al entender que el Real Decreto Ley que dejaba en suspenso y sin efectos los acuerdos, pactos y convenios para el personal funcionario y laboral "suscritos por las administraciones públicas y sus organismos y entidades, vinculados o dependientes de las mismas" incluye a los empleados de Emasa.

Además, sorprende cómo a lo largo de la sentencia -a la que ha tenido acceso este periódico- el titular de la Sala pone en duda tanto la redacción de la demanda como la argumentación que apoyaría las pretensiones laborales de la plantilla. "Partiendo del contenido de la demanda, en cuya redacción se observan imprecisiones que parecen ser fruto de la precipitación", comenta el juez, por ejemplo, en el segundo fundamento de derecho; criticando más adelante que la defensa de los demandantes se apoye "no en tratado de juristas de cierto renombre o en jurisprudencia consolidada, sino en cierta documentación supuestamente emitida por organismos públicos, de nula eficacia frente a terceros y a la cual parece remitirse con alivio" y llegando a decir que otro de los argumentos utilizados en la defensa "denota alto grado de desesperación si no temeridad".

Ante esta sentencia, la plantilla tiene aún la posibilidad de presentar un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; o dar por terminado de manera definitiva este conflicto colectivo, uno más en la relación entre plantilla y empresa. Precisamente, hace unas semanas también denunciaban los trabajadores la situación que atraviesan, llegando a mostrar preocupación ante una posible aplicación futura de un expediente de regulación de empleo, extremo rechazado frontalmente por los responsables de esta empresa municipal.

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