Coronavirus | Cádiz

El Colegio de Médicos sancionará a los facultativos negacionistas del covid-19, de las vacunas y de las medidas de prevención

  • La institución afirma que incurren en "una grave irresponsabilidad" que supone "un grave peligro para la salud pública"

  • Advierte de esos mensajes son "contrarios a la buena práctica médica y a la evidencia científica", creando "una intolerable alarma social"

Personal sanitario, a la entrada del Hospital Puerta del Mar, en uno de los aplausos colectivos del confinamiento.

Personal sanitario, a la entrada del Hospital Puerta del Mar, en uno de los aplausos colectivos del confinamiento. / Julio González

El Colegio Oficial de de Médicos de Cádiz expedientará y sancionará a los facultativos que niegan la existencia del covid-19, la validez de los test PCR, la eficacia de las vacunas y de las medidas sanitarias preventivas frente a la pandemia por considerarlo “un grave peligro para la salud pública”.

A través de un comunicado, la junta directiva de la institución colegiada expone que, “ante las recomendaciones efectuadas por algunos médicos que niegan la existencia de la covid-19 y de la validez de los test PCR, que se oponen a las medidas adoptadas por las autoridades sanitarias como el uso de mascarillas, la cuarentena, el aislamiento y confinamiento y la distancia física, y que rechazan el desarrollo de las vacunas para combatir la pandemia”, se ve “en la obligación ética y legal” de hacer públicas las siguientes consideraciones:

Primero, que “la actitud de estos médicos negacionistas constituye una grave irresponsabilidad y supone un grave peligro para la salud pública”.

Segundo, que “la difusión de estos mensajes contrarios a la buena práctica médica y a la evidencia científica, crea una intolerable alarma social, en un contexto agravado por la situación de emergencia y excepcionalidad en la que nos encontramos”.

Tercero, que “estas conductas violan las normas deontológicas de la profesión médica y, por tanto, son merecedoras de la correspondiente sanción”.

Cuarto, que "los colegios profesionales son corporaciones de derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.”

Quinto, que “al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 2/1974 de 13 de febrero sobre Colegios Profesionales, y en los artículos 8, 17, 18 punto 2 apartados c) m) p) u) y x) y 28 de la Ley 10/2003 de 6 de noviembre Reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, el Colegio Oficial de Médicos de Cádiz advierte que procedería a la apertura de información previa contra aquellos colegiados que pudieran incurrir en tales acciones, y en su caso, a la posterior incoación de expediente disciplinario por presuntas infracciones del Código de Deontología Médica”.

Por último, avisa de que, “ sin perjuicio de las posibles responsabilidades penales en que pudieran incurrir dichos colegiados con tales actuaciones, se pondrían, en su caso, en conocimiento de la Fiscalía para que valorase la presunta comisión de delitos contra la salud pública o cualesquiera otros”.

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