Tribunales Cádiz

Absueltos dos policías locales de Cádiz que confundieron a un vecino con un ladrón

  • El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía exculpa a los agentes de un delito contra la integridad moral y otro de lesiones. Asimismo, les exonera de pagar una indemnización al denunciante

La Carretera Industrial de Cádiz, donde sucedieron los hechos.

La Carretera Industrial de Cádiz, donde sucedieron los hechos. / D.C.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a dos policías locales de Cádiz que persiguieron y derribaron a un vecino al que confundieron con un ladrón, y quien, a su vez, huyó de los agentes porque pensó que estos, que iban de paisano, eran unos atracadores.

En una sentencia hecha pública este miércoles, el TSJA acepta los recursos de los dos agentes contra la sentencia de la Audiencia de Cádiz que el pasado enero les absolvió de un delito de lesiones pero les condenó a indemnizar de forma solidaria y conjunta con 4.508 euros a la víctima por los daños causados, una cantidad que el Ayuntamiento de Cádiz estaba obligado a sufragar de forma subsidiaria.

Los hechos sucedieron sobre las 5:20 de la madrugada del 1 de mayo del 2018, cuando los agentes locales, que prestaban servicio de paisano y en un automóvil camuflado y sin distintivos policiales, observaron por la Carretera Industrial a un hombre que caminaba por la acera portando una carpeta y un tapacubos de rueda de vehículo.

Los agentes sospecharon que el peatón había sustraído el tapacubos de uno de los muchos vehículos estacionados en la zona y, por eso, detuvieron el coche a su altura y le dieron el alto.

El peatón, sin embargo, pensó que eran atracadores y echó a correr, lanzando, además de gritos de socorro, el tapacubos al suelo para poder ser más veloz.

Los policías, al ver que se deshacía del tapacubos, pensaron que sus sospechas se corroboraban. Así, como el hombre seguía haciendo caso omiso a sus señales de alto, se bajaron del vehículo, le persiguieron, le alcanzaron y consiguieron derribarle al suelo para tratar de evitar que continuase la huida.

La caída ocasionó al hombre diversas lesiones en la cara, las manos y las rodillas, por lo que necesitó varios puntos de sutura y 12 días de curación con impedimento parcial para realizar sus ocupaciones habituales.

Una vez que se esclareció la situación, el hombre denunció a los agentes, que ahora han sido absueltos de tener que pagarle la indemnización, ya que el tribunal considera que actuaron con fuerza proporcional ante un escenario que, aunque equivocado, les llevó "de modo racional y fundado" a sospechar que el hombre había robado un tapacubos que, por el contrario, era de su propiedad.

Asimismo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima el recurso de apelación presentado por el detenido y al que se adhirió la Fiscalía. En él planteaba que los agentes debían ser condenados por una actuación “desproporcionada”. Sin embargo, el TSJA insiste en que no hubo tal desproporción por cuanto los policías locales intervinieron de manera correcta en virtud “a la dinámica de los hechos, al objetivo de la actuación policial y a la puesta en práctica de la misma”.

La resolución judicial dictada por el magistrado Rafael García Laraña declara de oficio las costas de ambas instancias. No es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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