ELECCIONES ANDALUCÍA

Fechas clave tras las elecciones en Andalucía: plazos para la constitución del Parlamento y la investidura

El Parlamento de Andalucía

El Parlamento de Andalucía / EUROPA PRESS

Tras las votación de este domingo 19 de junio, se pondrá en marcha toda la maquinaria administrativa e institucional establecida para constituir el nuevo Parlamento de Andalucía e investir al nuevo presidente de la Junta de Andalucía. 

Se vivirán semanas muy intensas cargadas de actividad política necesaria para iniciar la XII legislatura. La mayoría absoluta lograda por el PP puede ayudar a acortar los plazos y que la nueva legislatura arranque en plazo tras las elecciones.

Este periodo postelectoral tendrá varias fechas clave, las cuales vienen indicadas en el Estatuto de Autonomía de Andalucía:

  • Sesión constitutiva del Parlamento: La sesión constitutiva de la nueva Cámara autonómica tendrá lugar en los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones. De este modo, como muy tarde el Parlamento se debe constituir el 16 de julio.
  • Candidato a la presidencia de la Junta de Andalucía: tras constituir el Parlamento, se dispondrá de 15 días cómo máximo (31 de julio) para proponer un candidato a la presidencia. El presidente del Parlamento será el encargado de proponer el candidato al Parlamento tras haberlo consultado con los Portavoces de los partidos con representación en el pleno. Comunicado el candidato, la Mesa del Parlamento procederá a anunciar el día elegido para celebrar el pleno de investidura.
  • Pleno de investidura: el candidato expondrá su programa al Parlamento. Para ser investido deberá obtener mayoría absoluta, es decir, deberá obtener el apoyo de 55 de los 109 diputados que integran el hemiciclo.

Tras elegir presidente, este será nombrado por el Rey y procederá inmediatamente a designar los miembros del Consejo de Gobierno, asignándoles sus respectivas funciones.

Los pasos que evita la mayoría del PP

Los 58 diputados del PP hacen inecesarias las otras vías contempladas en el Estatuto de autonomía de Andalucía que incluyen sucesivas votaciones en el caso de no obtener la mayoría absoluta. El candidato habría necesitado de mayoría simple, es decir, más síes que noes, y de no obtenerse, podrían haberse producido sucesivamente más votaciones para obtener la mayoría.

Tampoco hará falta nuevas propuestas de candidatos: si no consiguiera el candidato en ninguna de las votaciones la mayoría simple, se tramitarían nuevas propuestas de candidatos de la misma manera que se hizo con el primero. Se habría dispuesto de dos meses para ello, que empezarían a contar a partir de la primera votación.

El último extremo habría sido la disolución del Parlamento y una nueva convocatoria de elecciones. La ley marca que si transcurridos estos dos meses ningún candidato ha obtenido la mayoría simple, el Parlamento se disolverá de forma automática y el presidente de la Junta de Andalucía en funciones se encargará de convocar nuevas elecciones.

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