Macrocausa de Invercaria

La Audiencia suspende el ingreso en prisión del ex presidente de Invercaria

Pérez-Sauquillo denuncia su indefensión en la macrocausa de Invercaria.

La Audiencia de Sevilla ha suspendido el ingreso en prisión del ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, que fue condenado a 3 años y medio de prisión y a 6 años y medio de inhabilitación absoluta por la concesión de un préstamo de 100.000 euros a la empresa aceitunas Tatis.

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha dictado un auto en el que ha estimado parcialmente el recurso de súplica presentado por la defensa de Pérez-Sauquillo, que ejerce el letrado Javier Vidal, y ha dejado en suspenso el ingreso en prisión del ex presidente de Invercaria "hasta que se tramite la revisión de la sentencia solicitada" ante la reciente reforma del delito de malversación y también hasta tanto se "tramite y resuelva la petición de suspensión extraordinaria conforme al artículo 80.4 del Código Penal, que se llevará a cabo de la forma y modo reflejado en los fundamentos de la presente resolución, confirmándose el resto de pronunciamientos de la resolución recurrida".

La defensa había pedido la revisión de la sentencia a raíz de la nueva regulación del delito de malversación, al considerar que la misma resultaba "obligado" porque, aunque se mantiene el límite máximo de la pena en seis años se ha "reducido su límite mínimo de tres a dos años. Esto comporta que el nuevo tipo básico del delito de malversación es más favorable al reo y resulta de aplicación retroactiva de conformidad con el artículo 2 del Código Penal". Y así considera que tras la revisión de la sentencia, debería reducirse la condena a dos años y un día de prisión. El tribunal ha pedido al Ministerio Fiscal y a las acusaciones que se pronuncien sobre la revisión de la sentencia y la aplicación de la "norma más favorable respecto del delito de malversación de caudales".

El pasado 23 de enero el mismo tribunal había dictado un auto en el que le daba 10 días para su ingreso voluntario en prisión, pero la defensa del ex presidente de la sociedad pública andaluza de capital riesgo solicitó la suspensión de su entrada en la cárcel en aplicación del artículo 80.4 del Código Penal, dado el "extraordinario grave estado de salud" de Pérez-Sauquillo, ya que su situación médica actual a tenor de las "enfermedades que padece y su especial tratamiento médico impide ser desarrollado convenientemente por los servicios médicos de cualquier centro penitenciario, teniendo como ineludible consecuencia, el grave riesgo para su propia vida".

Tras la petición de la defensa, la Fiscalía Anticorrupción solicitó que el médico forense emitiera un ifnroem sobre la enfermedad y las alegaciones de Pérez-Sauquillo, y los efectos que en su enfermedad conllevaría el cumplimiento de la pena en prisión; así como que se recaba informe de los servicios médicos de la prisión de Sevilla para que determinaran si "conforme a su experiencia en internos con padecimientos iguales o similares, el penado pudiera ser sujeto del régimen y tratamiento penitenciario, esto es, si puede o no tratarse y conllevar su enfermedad estando cumpliendo una pena privativa de libertad en un establecimiento penitenciario".

En este sentido, la Audiencia ha ordenado que se recabe el informe al médico forense para que "previo reconocimiento del mismo y con traslado de la documental médica aportada por el mimo, así como la que pudiera acompañar actualizada a la fecha del reconocimiento, emita informe sobre el tipo de dolencia que aqueja al penado y si se trata de una enfermedad grave con padecimiento incurable, y en su caso, si el ingreso en prisión supondría un empeoramiento, retroceso, o entorpecimiento de esa/ enfermedad/es, con un acortamiento de la duración de su vida, o fuese de difícil tratamiento en el centro penitenciario".

El tribunal también ha decidido recabar al jefe de los servicios médicos del centro penitenciario de Sevilla para que "informe si, a la vista de la documentación médica aportada, si han tratado en el centro a otros internos con padecimientos similares y en su caso, si el penado pueda seguir siendo tratado médicamente en el centro penitenciario, y a su vez, puesta estar sujeto al régimen y tratamiento penitenciario".

Una vez que consten todos los informes del forense y de la cárcel, la Audiencia dará traslado por diez días a la defensa de Pérez-Sauquillo para que pueda realizar las alegaciones que estime oportunas y luego se dará traslado por otros diez día a la Fiscalía y las acusaciones para que emitan un informe sobre la petición de suspensión del ingreso en prisión por el artículo 80.4 del Código Penal.

El Ministerio Público también solicitó el embargo de bienes de los dos dos condenados para cubrir la responsabilidad civil de 108.732,22 euros, cantidad con la que deben indemnizar a la sociedad Inversión y Gestión de Capital Semilla de Andalucía (Inverseed), que sucedió a Invercaria.

De hecho, esta misma semana se ha suspendido un nuevo juicio de la macrocausa de Invercaria, por las ayudas concedidas a EDM, por el estado de salud de Pérez-Sauquillo.

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