La tribuna

jesús Rodríguez

¿Ya soy un Estado?

EXISTEN los estados de Osetia del Sur y de Abjasia? Existen, aunque sólo han sido reconocidos por Rusia, Nicaragua, Venezuela y Nauru; por lo que, más que estados, son ectoplasmas políticos.

Los diseñadores del proceso catalán andan camino de hacer lo mismo de su pretendido Estado si piensan que les basta con resolver las trabas impuestas por el Derecho interno español, porque donde van a encontrar un verdadero obstáculo es en el Derecho Internacional, para el que un Estado no existe solo porque así lo proclamen sus órganos de gobierno, sino porque los actores influyentes en la comunidad internacional lo reconozcan como tal. Más aún cuando no pueden exigir ese reconocimiento, ya que para el Derecho Internacional el reconocimiento de estados, no sólo tiene carácter voluntario, sino que puede estar sometido a condiciones.

Es el caso de Europa. Los ministros de Asuntos Exteriores de los estados miembros fijaron en 1991, como primera de las condiciones para reconocer a los nuevos estados (aunque referido a los emergentes de la Europa del Este y en la Unión Soviética) el respeto a la Carta de las Naciones Unidas y a las normas internacionales reguladoras del derecho a la libre determinación de los pueblos.

Pues bien, aunque es verdad que las Naciones Unidas han proclamado a través de dos resoluciones de su Asamblea General (las número 1514 y 2.625), el derecho a la libre a autodeterminación de los pueblos, también lo es que han declarado que no se trata de un derecho absoluto, sino que está sometido a cláusulas de salvaguarda, que buscan asegurar el respeto a la unidad nacional y la integridad territorial de los estados.

Así, en ambas resoluciones se declara contrario a la Carta todo intento dirigido a quebrantar la unidad nacional y la integridad territorial de un Estado dotado de un gobierno que represente a la totalidad del pueblo perteneciente al territorio, sin distinción por motivos de raza, credo o color. Evidentemente, es el caso de España. Además, la resolución de la Asamblea General de 27 de marzo de 2014 estableció que la comunidad internacional debe abstenerse de reconocer a todo Estado surgido de manera ilegal. Evidentemente, es el caso del acuerdo del Parlamento catalán.

En consecuencia, la primera de las condiciones fijadas por la Unión Europea para el reconocimiento de estados no se cumple en el caso de Cataluña, puesto que su declaración unilateral como Estado supone un quebranto de la unidad nacional y territorial de España.

Pero la prueba más concluyente de que la cuestión no es de derecho interno, sino internacional, aparece en lo relativo a la sucesión de estados. Nos referimos a qué ocurre con los tratados internacionales firmados por España; a qué con los bienes públicos y archivos oficiales del Estado español situados en Cataluña; o a qué con las deudas de España, cuestiones que se resuelven por el Derecho Internacional.

De ellas, la más trascendental para un nuevo Estado catalán es la primera, ya que en materia de sucesión de tratados el artículo 4 de la Convención de Viena de 23 de agosto de 1978 establece claramente que todo Estado sucesor (Cataluña) debe pasar por el proceso de admisión para ingresar en las organizaciones internacionales de las que su predecesor (España) es miembro.

Para terminar, plantearemos otra cuestión: ¿qué ocurre con la nacionalidad de los ciudadanos catalanes? No hay normas internacionales generales que regulen esta materia, aunque, respecto de estados de reciente independencia, la tendencia general en la comunidad internacional fue siempre dejar al Derecho interno del Estado sucesor la determinación de la nacionalidad de los habitantes de su territorio.

En relación con España, el último ejemplo (prescindiendo del caso de Guinea Ecuatorial, en el que nada se fijó) es el Convenio firmado al hacer la retrocesión de Ifni a Marruecos. En él se pactó que quienes fueran ciudadanos españoles conservarían la nacionalidad. A los demás residentes se les concedió un plazo de tres meses para que optaran por la nacionalidad española; si no, serían ciudadanos marroquíes.

Como quieren hacer los independentistas, Osetia del Sur y de Abjasia se declararon unilateralmente como estados, pero en la comunidad internacional no son sino espíritus errantes. ¿Quieren ellos lo mismo para Cataluña? ¿Quieren vivir en un limbo político hasta que el resto de los estados decidan bautizarlo?. Es triste que después de proclamar orgullosos a los cuatro vientos: "Ya soy un Estado", tengan que preguntar a los demás: "¿Ustedes se lo creen?".

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