El límite de capturas de la pesca recreativa en Cádiz y el listado de especies prohibidas y las que hay que declarar

Los pescadores recreativos tendrán que declarar todas sus capturas vía app móvil a partir del 10 de enero de 2026

Del anzuelo al móvil: el porqué de la nueva normativa de la pesca recreativa

Un pescador, sentado sobre una embarcación en Cádiz / Julio González

La llegada de una app móvil que obligará a los pescadores recreativos a declarar todas sus capturas nace con la intención de vigilar que se cumplen con los límites establecidos por ley. Estos pescadores, que deben contar con un permiso, tienen que respetar unos límites de captura por especies marinas. Desde el 10 de enero de 2026 tendrán que subir cada dato a una app móvil del Gobierno de España.

Las limitaciones se recogen en el Decreto 205/2023, de 29 de agosto del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). En este texto legal se regula la pesca marítima recreativa en las aguas gaditanas y de toda Andalucía. En la legislación se aclaran las Capturas Totales Admisibles (TAC), consensuado según la especie a nivel europeo, y la talla mínima de los peces. Un aspecto este último, el del control del tamaño de las capturas, que también se vigilará desde PescaREC, la nueva aplicación para la pesca de recreo.

El total permitido por licencia y día es de 5 kilos en peso vivo o de 4 kilos eviscerado. Si solo se capturan cefalópodos, el tope es de seis kilos. En caso de encontrarse a bordo de una embarcación varios pescadores con licencia, el límite de capturas es de 25 kilos. En cualquier caso, se prohíbe la pesca de especies catalogadas como tal. Algunas de las que están en este catálogo son el pulpo, el erizo de mar, ortiguillas, holoturias y moluscos bivalvos. Asimismo, también se prohíbe la pesca de especies que haya considerado la UE y otras a las que se le haya asignado la cuota cero en el TAC.

Estas son las especies marinas que hay que declarar en Cádiz tras su captura

La llegada de PescaREC busca reforzar el cumplimiento de este decreto ley, que establece las especies que son de obligada comunicación tras su captura. Los pescadores recreativos que faenen en el Golfo de Cádiz tendrán que declarar las capturas de los siguientes tipos de peces:

Los peces que no se pueden pescar en las aguas del Golfo de Cádiz

El decreto-ley también especifica cuáles son las especies marinas que los pescadores no pueden capturar a riesgo de someterse a sanciones e incluso a la retirada de la licencia. Estas son las especies que no se pueden capturar en el Golfo de Cádiz:

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